Resolución N° 178/023 - Modificar numeral 2° de la Resolución de URSEC N° 97/2023
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2023-71-1-0000389
Resolución: N° 178/2023
Acta: N° 32/2023
Montevideo, 3 de agosto de 2023.
Visto: la Resolución de esta Unidad Reguladora N° 097/023 del 1° de junio de 2023, por la que se extendieron permisos anuales a satélites geoestacionarios integrantes de la red de INMARSAT GLOBAL LIMITED.
Resultando: I. que INMARSAT GLOBAL LIMITED ha solicitado se contemple un nuevo segmento de frecuencias de enlaces ascendentes del satélite “I6-F2”, que la empresa involuntariamente omitiera informar. II. Que corresponde acceder a lo solicitado.
Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo establecido en Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, los Decretos N° 114/003 y Nro. 115/003 de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes, la Resolución de esta Unidad Reguladora N° 135/006 de 21 de julio de 2006 y a lo informado por el Departamento Administración del Espectro.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1. Modificar el numeral 2° de la Resolución de esta Unidad Reguladora N° 097/023 del 1 de junio de 2023, el cual queda redactado de acuerdo al siguiente detalle: “2. Extender a partir del 1º de mayo de 2023 a INMARSAT GLOBAL LIMITED, el permiso anual al satélite geoestacionario que se detalla a continuación, destinado a la provisión de facilidades satelitales en el territorio nacional:
Satélite | Posición orbital Longitud oeste (°) | Bandas de frecuencias (GHz) | |
Enlaces descendentes | Enlaces ascendentes | ||
“I6 F2” | 28 | 1,5180 – 1,5590 | 1,6265 – 1,6605 1,6680 – 1,6750 |
17,70 – 21,20 | 27,50 – 30,00 |
El referido permiso caduca el 30 de abril de 2024.”
2°. Notifíquese a la interesada de la presente Resolución.
3°. A sus efectos pase por orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones y Departamento Administración del Espectro. Cumplido, oportunamente archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General