Resolución N° 182/025 - Modificación ámbito geográfico Revelación S.A

Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

 Expediente Núm.: 2025-71-1-0000391 

Resolución Núm.: 182/2025 

Acta Núm.: 15/2025 

Montevideo, 18 de junio de 2025

Visto:

La presentación del trámite de Renovación de Licencia Habilitante para la Prestación de Actividad Postal por parte de la empresa Revelación S A en el cual se seleccionó un ámbito geográfico para el cual no tenía autorización; 

Resultando: 

1 Que por Resolución nro. 086/016 de 16 de junio de 2016, se le otorgó la licencia OPE027 a Revelación S A (nombre de fantasía: “Ega”) para la prestación de servicios postales en el ámbito internacional, América del Sur —Argentina, Brasil, Paraguay y Chile—-, y en el ámbito local para Montevideo, Pando del departamento de Canelones; Melo del departamento de Cerro Largo; Minas, José Pedro Varela y Mariscala del departamento de Lavalleja, y Treinta y Tres del departamento de Treinta y Tres.

Considerando:

 1 Que de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Servicios Postales no existen impedimentos para que se otorgue la autorización para modificar el ámbito geográfico autorizado a la empresa Revelación SA.

Atento:

1 A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y sigtes. de la Ley Núm. 17.296 de 21 de febrero de 2001 con la redacción dada por la Ley Núm. 19.889 de fecha 9 de julio de 2020, la Ley Núm. 19.009 de 22 de noviembre de 2012, Decreto Núm. 209/017 del 4 de agosto de 2017 y Resolución de URSEC Núm. 315/ 2024 del 30 de julio de 2024, y a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

 1 Autorizar la modificación del ámbito geográfico de actividad tramitado por la empresa Revelación S A, licencia número OPE027, la que queda autorizada a prestar servicios postales en el ámbito nacional y el ámbito internacional para América del Sur —Argentina, Brasil, Paraguay y Chile—. 

2 A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Gerencia de Servicios Postales —Unidad Registro de Prestadores—. La notificación de la resolución la realizará la Unidad Registro de Prestadores Postales mediante la plataforma de Trámites en Línea. Cumplido, archívese.

Firmado por: Gonzalo Balseiro, Presidente

 Nadia Karlen, Secretaria General

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