Resolución N° 186/023 - Reiteración de gasto

Se transcribe texto completo de la Resolución.

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

 

Expediente: N° 2023-71-1-0000814

Resolución: N° 186/2023

Acta: N° 33/2023

 

Montevideo, 17 de agosto de 2023.

VISTO: la Resolución N° 2073/2023 adoptada por el Tribunal de Cuentas en su acuerdo de 2 de Agosto de 2023;

RESULTANDO: I. Que por el Artículo 643 de la ley 16.170 del 28 de diciembre de 1990 (sustitutivo del artículo 46 del Decreto Ley N° 14.550 de 10 de agosto de 1976) se establece que los resultados de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados serán vertidos a la Tesorería General de la Nación (TGN).

II. Que en el Artículo 3º del decreto 436/002 de 11 de noviembre de 2002 se dispone que los adelantos a cuenta serán vertidos a la Tesorería General de la Nación.

III. Que en la Nota N° 20/C/23 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto se “solicita abonar por la Versión de Resultados del año 2022, el equivalente a $ 200:000.000 y a cuenta de la Versión de Resultados del año 2023, el equivalente a $ 100.000.000. Dicha solicitud, se requiere que se realice antes del 20 de julio de 2023”

IV. Que por Resolución de URSEC N° 139/2023 de 13 de julio de 2023 se dispuso verter a la TGN los importes solicitados.

V. Que el Tribunal de Cuentas por Resolución N° 2073/2023 de 2 de Agosto de 2023 observa el gasto “por concepto de versión a la Tesorería General de la Nación (TGN) del monto anual de Resultados 2022 por $ 200:000.000 y del monto a cuenta de Resultados 2023 por $ 100:000.000, de acuerdo a lo señalado en el Considerando 3)”.

CONSIDERANDO: I. Que el Tribunal de Cuentas observa el gasto por “incumplir el Artículo 13 del TOCAF”, de acuerdo a lo señalado en el Considerando 3) de la Resolución N° 2073/2023;

II. Que a efectos de verter a la TGN los montos que solicita la OPP, corresponde reiterar el gasto.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el literal “B” del artículo 211 de la Constitución de la República, y por el artículo 256 y siguientes de la Ley 19.889 de 9 de julio de 2020.

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

1°. Reiterar el gasto por $ 300:000.000 (pesos uruguayos trescientos millones), correspondiente a la versión a la Tesorería General de la Nación del monto anual de Resultados 2022 por $ 200:000.000 y del monto a cuenta de Resultados 2023 por $ 100.000.000.

2°. El referido gasto será atendido con cargo al objeto del gasto 535.000 “Transferencias de Capital al Gobierno Central”, del Inciso 71 “Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones”.

3°. Pase al Contador Delegado en la URSEC para la intervención del pago.

4°. Cumplido, pase a la Gerencia Administración y Finanzas a sus efectos.

 

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

                        Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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