Resolución N° 191/024 - Imponer una Multa de 20 Unidades Reajustables a la empresa Encomiendas del Litoral Ltda

Publicada el 24 de junio de 2024. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2020-2-9-0001016

Resolución: N° 191/2024

Acta: N° 23/2024

Montevideo, 21 de junio de 2024.

Visto: El reclamo interpuesto por la Sra. MARGARITA RAQUEL GEA VEIGA contra la empresa ENCOMIENDAS DEL LITORAL LTDA (en adelante DAC), por la rotura de varios muebles en su traslado desde Montevideo a Punta del Este a cargo de dicha firma.

Resultando: I. Que se ha recibido un reclamo de consumidor por parte de la Sra. MARGARITA RAQUEL GEA VEIGA contra la empresa DAC, por la rotura de varios muebles que debían de ser trasladados desde Montevideo a Punta del Este. II. Que habiéndose otorgado vista en dos oportunidades a la empresa DAC del reclamo a efectos de que realice sus descargos, en los días 8/10/2020 (fs. 36 a 39) y 28/10/2023 (fs. 43 a 48), las mismas no fueron evacuadas. III. Habiéndose comunicado telefónicamente a la reclamante a efectos de conocer el estado del reclamo, esta manifiesta no haber recibido soluciones por parte de la empresa.

Considerando: I. Que se cumplen los supuestos necesarios para que esta sea considerada una relación de consumo, haciendo aplicable la ley 17.250. II. Que la empresa denunciada es un agente regulado por esta Unidad, siendo competentes para entender en el presente reclamo de acuerdo al 73 literal S de la ley 17.296. III. Que la conducta del proveedor encuadra dentro de la infracción prevista en el art. 33 de la ley de relaciones de consumo. IV. Que la empresa DAC posee una sanción de Apercibimiento impuesta por Resolución N° 153/2022 Acta N° 22 de fecha 24/8/2022. V. Por lo expuesto, corresponde la aplicación de una Multa de 20 Unidades Reajustables, de acuerdo al art. 47 de la ya citada ley.

Atento:  A lo expuesto precedentemente, artículo 73 literal S de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero del 2001 en su redacción dada por el art. 259 de la ley N° 18.889 del 9 de julio de 2020, y artículos 32, 33, 46 y 47 de la Ley N° 17.250 de 11 de agosto del 2000.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

. Imponer una Multa de 20 Unidades Reajustables a la empresa ENCOMIENDAS DEL LITORAL LTDA por infracción al artículo 33 de la Ley 17.250.

. Notifíquese personalmente.

3°. Pase por su orden a Secretaría General y a Gerencia de Administración y Finanzas.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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