Resolución N° 194/021 - Bloqueo direcciones de dominio

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: N° 2021-71-1-0000646

Resolución: N° 194/2021

Acta: N° 052/021

Montevideo, 21 de Octubre de 2021

VISTO: La Resolución N° 0525/2021 de 27 de septiembre de 2021 de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas.

RESULTANDO: I. Que por dicho acto administrativo se resolvió disponer el bloqueo de las Direcciones de Dominio/Uniform Resource Locator (URL) que lista en su numeral 1°. II. Que la resolución citada se fundamenta en lo dispuesto por los artículos 244 y 245 de la Ley 19.535 de 25 de setiembre de 2017 y Decreto 366/017 de 21 de diciembre de 2017.

CONSIDERANDO: I. Que de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 4 del Decreto 366/017, le corresponde a URSEC el traslado de la orden de bloqueo dispuesta por el organismo competente a todos los operadores habilitados dentro del mercado nacional. II. Que los operadores deberán efectivizar el bloqueo dentro del término de 48 de horas de recibida la comunicación de esta Unidad Reguladora.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los Arts. 70 y siguientes de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por los artículos 256 y siguientes de la Ley N° 19889 de 9 de julio de 2020, sus modificativas y complementarias, a los Arts. 244 y 245 de la Ley 19.535 de 25 de setiembre de 2017, el Decreto 366/017 de 21 de diciembre de 2017, la Resolución de URSEC Nº 003/2001 de 16 de mayo 2001 y Resolución de URSEC Nº 183/021 de 14 de octubre de 2021.

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1. Notifíquese a ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE TELECOMUNI-CACIONES (ANTEL), AM WIRELESS URUGUAY S.A., TELEFÓNICA MÓVILES DEL URUGUAY S.A., DEDICADO S.A., ENALUR S.A., KALIL S.A., RINYTEL S.A., RIVIZUL S.A., SERVICE E INSTALACIONES S.A., TELSTAR S.A. y TELEFAX S.A., la orden de bloqueo dispuesto por la Resolución N° 0525/2021 de 27 de septiembre de 2021 de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, de las Direcciones de Dominio/Uniform Resource Locator (URL) que se lista en el numeral 1° de dicha resolución, cuya copia se adjunta

2. Notifíquese asimismo a la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), a fin de que proceda a bloquear, de igual forma, la “red uy.

3. Establécese que los operadores cuentan con un plazo de 48 horas a contar de la notificación de la presente, a efectos de hacer efectivo el bloqueo dispuesto.

4. Pase a Notificaciones a efectos de notificar personalmente la presente Resolución, conjuntamente con la Resolución de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas N° 0525/2021 de 27 de septiembre de 2021, a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (ANTEL), AM WIRELESS URUGUAY S.A., TELEFONICA MÓVILES DEL URUGUAY S.A., DEDICADO S.A., ENALUR S.A., KALIL S.A., RINYTEL S.A., RIVIZUL S.A., SERVICE E INSTALACIONES S.A., TELSTAR S.A., TELEFAX S.A. y a AGESIC. Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta Dra. Marta Posada, por Secretaría General

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