Resolución N° 200/022 - Imponer a la empresa BIKAIN S.A una multa de 30 UR

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Expediente: N°2022-71-1-0000705

Resolución: N° 200/2022

Acta: N° 36/022

Montevideo, 12 de octubre de 2022

Visto: Las presentes actuaciones referentes a la empresa BIKAIN S.A “RADIO CUAREIM”, permisionaria de la frecuencia 1270 MHz, canal CV-127, en la ciudad de Artigas, departamento del mismo nombre.

Resultando: I. Que por Resolución del Poder Ejecutivo Nro. 965/005 de fecha 15 de agosto de 2005, BIKAIN S.A. se encuentra integrada por el Sr. José Honorio MEIRELLES ZABALEGUI, a quién le corresponde el 40% de las acciones de la sociedad, y por las Sres. Dolores Isabel CUETO JUAN, María Isabel MEIRELLES CUETO y José Pedro MEIRELLES CUETO, detentando cada uno un 20% de las acciones de la sociedad; II. Que por contrato de compraventa de acciones de fecha 1° de julio de 2015, la Sra. María Isabel MEIRELLES CUETO vende el 20% del paquete accionario de BIKAIN S.A. a la Sra. Dolores Isabel CUETO JUAN, sin autorización del Poder Ejecutivo.

Considerando: I. Que, la empresa ha incurrido en falta administrativa, por el cambio de composición accionaria sin autorización del Poder Ejecutivo; II. Que la empresa carece de antecedentes existentes en la materia y, corresponde proceder a multar a BIKAIN S.A por la infracción cometida; III. Que se ha dado al Administrado todas las garantías del debido procedimiento administrativo, confiriéndole vista de las actuaciones, la cual no fue evacuada; IV. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 198 de la Ley 19.307 de 29 de diciembre de 2014, corresponde a eta Unidad Reguladora, la aplicación de determinadas sanciones, entre ellas la de multa.

Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo establecido en la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, con las modificaciones introducidas por las Leyes 18.719 de 27 de diciembre de 2010, 19.307 de 29 de diciembre de 2014, Ley 19.834 de 23 de setiembre de 2019, Ley 19.889 de 9 de julio de 2020 y a los Decretos 500/991 de 27 de setiembre de 1991, Decreto No. 160/019, de 5 de junio de 2019, y demás normas concordantes y complementarias y a lo informado por la Gerencia de Regulación Jurídica y Económica.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

1º- Imponer a la empresa BIKAIN S.A una multa de 30 UR (Treinta Unidades Reajustables) por el cambio de composición accionaria sin autorización del Poder Ejecutivo.

2º- Notifíquese personalmente la presente Resolución.

3º- A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Registro de Sanciones, Oficina de Notificaciones, Facturación y Departamento de Teledifusión Sonora. Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dra. Marta Posada, Secretaria General

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