Resolución N° 202/025 - Contratación para asesoría Pablo Raúl Cayafa

Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente Núm.: 2025-71-1-0000418

 Resolución Núm.: 202/2025

 Acta Núm.: 17/2025

 Montevideo, 02 de julio de 2025 

Visto:

las nuevas atribuciones asignadas a la URSEC por la Ley Num.19.889 de 9 de julio de 2020;

Resultando: 

I. que el señor Director Dr. Leandro Claramunt planteó la necesidad de contar con personal de confianza para cumplir funciones de asesoría y otras tareas vinculadas a su naturaleza; 

II. por disposición de Directorio de fecha 18 de junio de 2025, Acta Núm. 15/2025 se aprobó la contratación del señor Lic. Pablo Raúl Cayafa Fischetti, titular de la cédula de identidad Núm. 4.370.002-1, para prestar tareas en calidad de Adscripto al Director, en régimen diario de seis (6) horas, con cargo a la partida de confianza del señor Director, equivalente a $ 135.000 (pesos uruguayos ciento treinta y cinco mil) mensuales nominales, hasta la finalización de su mandato; 

III. que esta Unidad Reguladora cuenta con los créditos presupuestales para atender la erogación originada por la presente resolución, al amparo del artículo 23 de la Ley Núm. 17.556 del 18 de septiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 512 de la Ley Núm. 20.075 de 20 de octubre de 2022, el artículo 24 del Decreto Núm. 335/23 de 26 de octubre de 2023 con sus modificativas y concordantes y las disposiciones vigentes aprobadas por el Poder Ejecutivo en materia de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de URSEC;

IV. que la Oficina Nacional de Servicio Civil informó con fecha 23 de setiembre de 2020 que la URSEC, como servicio descentralizado que es a partir de la Ley Núm. 19.889 de 9 de julio de 2020, tiene autonomía con relación a las retribuciones de P á g i n a 2 de 2 sus funcionarios dentro de su marco presupuestal no debiéndose aplicarle los topes establecidos en el Decreto Num.362/014 así como tampoco corresponde la intervención de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional para la utilización del crédito del Grupo 0 – Servicios personales, en mérito a que el artículo 1 del Decreto Num. 244/014 de 20 de agosto de 2014, refiere expresamente a los Incisos del Poder Ejecutivo

Atento: 

a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los arts. 70 y siguientes de la Ley Núm. 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Núm. 19.889 de 9 de julio de 2020, artículo 23 de la Ley Núm. 17.556 del 18 de septiembre de 2002 en su redacción dada por el artículo 512 de la Ley Núm. 20.075 de 20 de octubre de 2022; por el artículo 24 del Decreto Núm. 335/023 de 26 de octubre de 2023 con sus modificativas y concordantes.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

1 Contratar al señor Lic. Pablo Raúl Cayafa Fischetti, titular de la cédula de identidad Núm.4.370.002-1 en calidad de Adscripto al señor Director Dr. Leandro Claramunt, disponiendo el pago de una partida nominal mensual equivalente a $ 135.000 (pesos uruguayos ciento treinta y cinco mil) que serán imputados a la partida de cargo de confianza asignada al señor Director Dr. Leandro Claramunt, en los términos estipulados en el contrato correspondiente. 

2 Establecer que el pago de dicha compensación se atenderá con cargo al Objeto del gasto 0.4.2.088 “Compensación Adscriptos al Directorio” (artículo 23 de la Ley Núm. 17.556 del 18 de septiembre de 2002) del Inciso 71 – Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones. 

3 Pase por su orden a Secretaría General, OPP, Gestión de Personal para la notificación del interesado, y conocimiento de ONSC, siga a Contabilidad y Finanzas y al Cr. Delegado del Tribunal de Cuentas a sus efectos. 

Firmado por: Economista Gonzalo Balseiro, Presidente

Doctora Nadia Karlen, Secretaria General

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