Resolución N° 205/022 - Revocar la licencia postal otorgada a FILODING S.A

Se transcribe texto completo de la Resolución

logo de URSEC

Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Expediente: N° 2018-2-9-0000256

Resolución: N° 205/2022

Acta: N°36/022

Montevideo, 12 de octubre de 2022

Visto: La Resolución de URSEC Nº 018/18 de fecha 16 de febrero de 2018, por la que se otorgó la licencia número OPE114 que autorizó a la empresa FILODING S.A. nombre de fantasía MYBOX EXPRESS (RUT 218064350016) a la prestación de servicios postales en el ámbito nacional y en el Internacional en América del Norte –Estados Unidos-, la que fue habilitada con fecha 8 de marzo de 2018.

Resultando: I. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Nº19.009 de 22 de noviembre de 2012 y el artículo 8 de la Resolución de URSEC número 071/018 de 4 de mayo de 2018, el certificado de inscripción en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal (RGSP) tendrá validez de un año. Su renovación se realizará a solicitud de parte interesada; II. Que habiéndose vencido el certificado de la licencia postal, la empresa no se presentó a solicitar la renovación; III. Que se notificó en forma personal a la citada empresa confiriéndose vista por el plazo legal, no habiéndose presentado a evacuarla, ni cumplir con lo solicitado; IV. Que de acuerdo a lo informado por Unidad Facturación la empresa no mantiene facturas impagas.

Considerando: I. Que la no presentación a solicitar la renovación del certificado de licencia postal, habilita a bajar de oficio del Registro General de Prestadores del Servicio Postal a las empresas omisas y es causal de revocación de la licencia otorgada; II. Que en mérito a lo expuesto y a lo informado por la Unidad Registro de Prestadores de Servicios Postales corresponde proceder a la revocación de la autorización para la prestación de servicios postales otorgada por Resolución de URSEC Nº 018/18 de fecha 16 de febrero de 2018, a FILODING S.A. con el número OPE114, al 8 de marzo de 2019.

Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y sigtes. De la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 con la redacción dada por la Ley Nº19.889 de fecha 9 de julio de 2020, la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012, Resolución de URSEC Nº 010/13 de 31 de enero de 2013 y su modificativa N°264/14 de 6 de noviembre de 2014 y la Nº 071/018 de 4 de mayo de 2018, a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora;

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

. Revocar la licencia postal otorgada a FILODING S.A. nombre de fantasía MYBOX EXPRESS para actuar como operador postal Nº OPE114 en el ámbito nacional y en el Internacional en América del Norte –Estados Unidos- al 8 de marzo de 2019, por no haber procedido a la renovación de la licencia postal, ni abonado el costo anual correspondiente establecido en art. 28 de la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y en art. 8 de la Resolución de URSEC número 071/018 de 4 de mayo de 2018.

. Por Secretaría General remítase oficio a la Dirección General Impositiva y al Banco de Previsión Social comunicando que FILODING S.A. (RUT 218064350016) no presta actividad postal por haberse revocado la licencia de que era titular, por lo que debería darse de baja al giro de actividad principal: servicios postales y ecommerce (venta por internet).

3°. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Notificaciones, Gerencia de Servicios Postales – Unidad Registro de Prestadores Postales-, Unidad Facturación y Unidad Inspecciones para ser incluido en el plan de inspecciones postales. Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dra. Marta Posada, Secretaria General

Descargas