Resolución N° 208/022 - Modificación contrato Lucía Villamarín
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2022-71-1-0000300
Resolución: N° 208/2022
Acta: N° 37/022 Montevideo, 20 de octubre de 2022
Visto: La necesidad de contar con disponibilidad de recursos humanos para cumplir tareas en las distintas áreas de URSEC de acuerdo a los requerimientos de la Unidad.
Resultando: I. Que por Resolución de esta Unidad Reguladora N° 068/2022 de fecha 12 de mayo de 2022, se dispuso contratar a la Sra. Lucía Villamarin, Cédula de Identidad N° 4.952.116 4, en calidad de asesora de la Sra. Presidenta de URSEC Dra. Mercedes Aramendia; II. Que con fecha 15 de junio de 2022 se suscribió el Contrato de referencia, cuyo objeto es la contratación de personal de confianza para tareas de asesoría y otras vinculadas a su naturaleza.
Considerando: I. Que dicha contratación fue realizada al amparo de lo previsto en el artículo 23 de la Ley N° 17.556 en la redacción dada por el artículo 351 de la Ley N° 19.996, la que otorga la potestad a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio industrial o comercial del Estado a contratar personal de confianza en régimen de contratación o adscripción; II. Que de acuerdo a lo expuesto resulta pertinente, considerando las necesidades de esta Unidad Reguladora, modificar el contrato referido, especificando su objeto en tanto la contratación encuadra en la primera de las hipótesis establecidas por la norma individualizada en el Considerando precedente; III. Que si bien por el arrendamiento de servicio el contratado no adquiere la calidad de funcionario público, las funciones que cumple en esta Unidad Reguladora, constituyen el ejercicio de función pública; IV. Que razones de servicio hacen necesario aumentar a la Sra. Lucía Villamarin la jornada de trabajo pasando a cumplir seis horas y media, con un aumento salarial que regirá desde el dictado de la presente Resolución y hasta el 31 de diciembre de 2022; habiendo crédito disponible para ello tal como fuere informado por la Gerencia de Administración y Finanzas. V.Que dicha modificación contractual, regirá hasta el 31 de diciembre de 2022, volviendo a regir entre las partes a partir de dicha fecha, las condiciones del contrato original celebrado el 15 de junio de 2022 en cuanto a la duración de jornada laboral y remuneración, esto es, un régimen de cuatro horas diarias con una partida nominal mensual de $20.400 nominales (pesos uruguayos veinte mil cuatrocientos), remuneración que se ajustará en función de los aumentos salariales dispuestos por el Poder Ejecutivo, que será comunicados a URSEC por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los artículos 70 y siguientes de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020, artículo 23 de la Ley N° 17.556 del 18 de septiembre de 2002 en la redacción dada por el artículo 351 de la Ley N° 19.996 de 3 de noviembre de 2021, artículo 21 de Decreto N° 386/020 de 31 de diciembre de 2020.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1°. Modificar el Contrato de Arrendamiento de Servicios de fecha 15 de junio de 2022 celebrado entre esta Unidad Reguladora con la Sra. Lucía Villamarin, suprimiéndose la Cláusula TERCERO del Contrato original y quedando por ende las cláusulas SEGUNDO, TERCERO, CUARTO Y SÉPTIMO, redactadas del siguiente modo: SEGUNDO: OBJETO. – Es la contratación de personal de confianza para cumplir funciones en la URSEC ya sean de secretaría, asesoría, y otras tareas que le sean designadas por el Directorio. TERCERO: PLAZO. –El plazo contractual regirá desde la suscripción del contrato original, esto es desde el 15 de junio de 2022 y hasta que se comunique su rescisión mediante cualquiera de los medios de comunicación establecidos o al cese del último de los Directores, Sra. Presidente o Sr. Vicepresidente de URSEC; ello sin necesidad de acto administrativo que disponga el cese del mismo. La presente modificación contractual, regirá hasta el 31 de diciembre de 2022, volviendo a regir entre las partes a partir de dicha fecha, las condiciones del contrato original celebrado el 15 de junio de 2022, en cuanto a la duración de jornada laboral y remuneración. Esto es, un régimen de cuatro horas diarias con una partida nominal mensual de $20.400 nominales (pesos uruguayos veinte mil cuatrocientos), remuneración que se ajustará en función de los aumentos salariales dispuestos por el Poder Ejecutivo, que será comunicados a URSEC por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. CUARTO: REMUNERACIÓN. - La Contratada recibirá en forma mensual una partida nominal de $ 30.400 (pesos uruguayos treinta mil cuatrocientos) que se imputarán $20.400 nominales (pesos uruguayos veinte mil cuatrocientos) mensuales a la partida de cargos de confianza de la Sra. Presidente y $10.000 nominales (pesos uruguayos diez mil) mensuales a la partida de confianza del Sr. Vicepresidente. Para el caso del cese de la Sra. Presidente o del Sr. Vicepresidente, se volverá a redistribuir la partida hasta tanto existan créditos presupuestales disponibles. El monto de la partida se ajustará en la misma oportunidad y porcentaje que decrete el Poder Ejecutivo para los funcionarios de URSEC. A dicha partida se le harán las retenciones y/o descuentos legales correspondientes. Tendrá derecho a percibir sueldo anual complementario (Aguinaldo) e integrar el Sistema Nacional de Salud con aportes al FONASA. No generarán derecho a percibir partida por licencia no gozada, horas extra ni compensaciones que no estén directamente autorizadas por el Directorio de URSEC para éste tipo de personal, con las condiciones que dicho Cuerpo establezca.
2°. Establecer que la modificación del contrato original en cuanto a duración de jornada laboral y remuneración regirá hasta el 31 de diciembre de 2022, volviendo a partir de esa fecha a regir entre las partes en cuanto a dichos extremos el régimen anterior, esto es, una jornada laboral de cuatro horas diarias con una partida nominal mensual una partida nominal mensual de $20.400 nominales (pesos uruguayos veinte mil cuatrocientos), remuneración que se ajustará en función de los aumentos salariales dispuestos por el Poder Ejecutivo, que será comunicados a URSEC por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
3. Pase por su orden a Secretaría General, OPP, ONSC y Gestión de Personal.
4°. Cumplido, archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dra. Marta Posada, Secretaria General