Resolución N° 208/025 - Dejar sin efecto la licencia de telecomunicaciones clase B otorgada a Ady Security Services S.A

Se transcribe texto completo de la Resolución con anexos reservados:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

 Expediente: N° 2025-71-1-000353

 Resolución: N° 208/2025

 Acta: N° 18/2025

 Montevideo, 9 de julio de 2025

Visto: 

la solicitud presentada por ADT SECURITY SERVICES S.A. para que se le otorgue la baja de las autorizaciones otorgadas. 

Resultando: 

1 que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 086/003 de 20 de marzo de 2003 se le autorizó la prestación del servicio de radioalarmas en el territorio nacional; b) se le autorizó la instalación y operación de sistemas de radiocomunicaciones de uso propio en los departamentos de Maldonado y Montevideo; c) se le autorizó la instalación y operación de los correspondientes sistemas de radiocomunicaciones y d) se le asignaron los canales radioeléctricos de operación; 

2 que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro.722/008 de 23 de diciembre de 2008 se le confirmaron: a) la autorización para la prestación del servicio de radioalarmas en el territorio nacional; b) la autorización para la instalación y operación de sistemas de radiocomunicaciones de uso propio en los departamentos de Canelones, Maldonado y Montevideo y c) las asignaciones de los canales radioeléctricos de operación; III. que por Resolución de la Gerencia de Ingeniería de Telecomunicaciones de esta Unidad Reguladora Nro. 237/GIT/DAE/019 de 3 de octubre de 2019, se dejó sin efecto a partir del 30 de setiembre de 2019 la autorización otorgada ADT SECURITY SERVICES S.A para la instalación y operación de sistemas de radiocomunicaciones de uso propio en el territorio nacional; IV. que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 026/022 de 14 de marzo de 2022 se confirmó que ADT SECURITY SERVICES S.A. ostenta Licencia de Telecomunicaciones clase “B”;

Considerando: 

1 que corresponde acceder a lo solicitado; II. que a fin de preservar la seguridad corresponde establecer la reserva de los parámetros técnicoadministrativos de los sistemas de referencia. 

Atento: 

 a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley Nro. 18.381 de 17 de octubre de 2008, el Decreto Nro. 232/010 de 2 de agosto de 2010, la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, los Decretos Nro.255/992 de 9 de junio de 1992, Nro. 114/003 y 115/003 ambos de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por Departamento Administración del Espectro.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

1 Dejar sin efecto a partir del 31 de mayo de 2025 la Licencia de Telecomunicaciones clase “B” que ostenta ADT SECURITY SERVICES S.A. 

2 Dejar sin efecto a partir del 31 de mayo de 2025, la autorización otorgada a ADT SECURITY SERVICES S.A. para la prestación del servicio de radioalarmas en el territorio nacional. 

3 Dejar sin efecto a partir del 31 de mayo de 2025, la autorización otorgada a ADT SECURITY SERVICES S.A. para la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones en el territorio nacional destinado a la prestación del servicio de radioalarmas.

4 Dejar sin efecto a partir del 31 de mayo de 2025 la asignación a ADT SECURITY SERVICES S.A. de los canales radioeléctricos detallados en el numeral I) del Anexo a la presente resolución. 

5 Declarar reservado el Anexo a la presente resolución. 

6 Notifíquese a ADT SECURITY SERVICES S.A. de la presente Resolución. 

7 A sus efectos pase por orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones, Unidad de Facturación, Departamento Administración del Espectro, Departamento de Contralor y Departamento de Regulación e Investigación Económica. Cumplido, oportunamente archívese. 

Firmado por: Ec. Gonzalo Balseiro, Presidente

 Dra. Nadia Karlen, Secretaria General

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