Resolución N° 210/025 - Prescripción de las infracciones cometidas por canal 10

Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

 Expediente Núm.: 2018-2-9-0000360

 Acordonados 2018-2-9-0000822

 Resolución Núm.: 210/2025

 Acta Núm.: 19/2025

 Montevideo, 16 de julio 2025

Visto: 

Los controles realizados a Sociedad Anónima Emisoras de Televisión y Anexos (SAETA -Canal 10) en el marco de lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley 19.307 de 29 de diciembre de 2014, relativos al exceso del tiempo destinado a la emisión de tandas publicitarias.

Resultando: 

1 que dichos controles refieren al período comprendido entre el 1 al 28 de febrero de 2018 en el presente expediente y 4 al 10 de mayo de 2018 en expediente 2018-2-9-0000822; 

2 que la fecha de las últimas vistas otorgadas a SAETA en cada actuación se efectivizaron con fecha 26 de setiembre de 2024 en los presentes obrados y 28 de setiembre de 2018 en expediente 2018-2- 9-0000822.

Considerando: 

1 que se ha invocado por parte de Sociedad Anónima Emisoras de Televisión y Anexos (SAETA -Canal 10) la prescripción de las infracciones de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 186 de la Ley 19.307, según el cual en caso de infracciones graves las mismas prescribían a los tres años de su comisión;

2 que la prescripción de faltas administrativas se interrumpe con el inicio del procedimiento sancionatorio respectivo; 

3 que en el caso de las presentes actuaciones la última vista a la operadora fue otorgada ya habiendo operado la prescripción y en el caso del expediente acordonado, la prescripción debe computarse desde la última vista otorgada, esto es, 28 de setiembre de 2018; 

4 que el regimen actual vigente de prescripción de faltas administrativas de los servicios de difusión de contenido audiovisual, está dado por el artículo 71 de la Ley N° 20.383 de 16 de octubre de 2024, de acuerdo al cual las faltas graves prescriben a los dos años.

Atento: 

a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 con las modificaciones de la ley 19.889 de 9 de julio de 2020 y Ley 20.383 de 16 de octubre de 2024.

 

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

1 Declárase la prescripción de las infracciones cometidas por Sociedad Anónima Emisoras de Televisión y Anexos (SAETA -Canal 10) por incumplimiento de los tiempos de tanda publicitaria permitidos legalmente, cuyo procedimientos fueron diligenciados en el presente expediente y su acordonado 2018-2-9-0000822 

2 Notifíquese al interesado de la presente Resolución. 

3 A sus efectos, pase a Secretaría General 

Firmado por: Gonzalo Balseiro, Presidente

Nadia Karlen, Secretaria General

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