Resolución N° 217/021 - Dejar sin efecto licencia de telecomunicaciones clase B a KALIL S.A.

Se transcribe texto completo de la Resolución

LOGO URSEC

UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: N° 2021-71-1-0000708

Resolución: N° 217/2021

Acta: N° 056/021

Montevideo, 02 de diciembre de 2021

VISTO: las presentes actuaciones por las cuales KALIL S.A. solicita la baja del sistema “VSAT” que le fuera autorizado.

RESULTANDO: I. Que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro.011/15 de 29 de enero de 2015 se le otorgó la licencia de telecomunicaciones clase “B”, se le autorizó la prestación del servicio de transmisión de datos por satélite en carácter nacional e internacional a través de una red VSAT con estación maestra ubicada en el territorio de la República Argentina, se le autorizó, la instalación y operación de estaciones VSAT en el territorio nacional y se le asignó el canal radioeléctrico de funcionamiento; II. Que por Resolución de la Gerencia de Gestión y Fiscalización esta Unidad Reguladora Nro. 082/GGF/DAE/15 de 16 de marzo de 2015, se efectivizo el registro de las estaciones VSAT que integraban el sistema de radiocomunicaciones de referencia.

CONSIDERANDO: I. Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado; II. que en tanto cesa la operación del sistema de referencia, también corresponde dejar sin efecto las diversas autorizaciones otorgadas a KALIL S.A., incluyendo la licencia de telecomunicaciones clase B.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente, a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, los Decretos Nro. 114/003 y Nro.115/003 ambos de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por el Departamento Administración del Espectro.

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2021 la licencia de telecomunicaciones clase B, otorgada a KALIL S.A.

2. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2021 la autorización otorgada a KALIL S.A. para la prestación del servicio de transmisión de datos por satélite en carácter nacional e internacional a través de una red de terminales de apertura muy pequeña (VSAT) con estación maestra ubicada en el territorio de la República Argentina.

3. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2021 la autorización otorgada a KALIL S.A. para la instalación y operación de estaciones “VSAT” en el territorio nacional que se integraban al sistema de radiocomunicaciones de referencia.

4. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2021 la asignación a KALIL S.A. del canal radioeléctrico centrado en 14.064,30 MHz y ancho de banda de 100 kHz.

5. Notifíquese a la interesada de la presente Resolución, requiriéndole que debe cancelar los adeudos generados hasta la fecha de baja dispuesta en el numeral 1ro. de este acto administrativo.

6. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Unidad Atención y Gestiones, Unidad de Facturación, Departamento Administración de Espectro, Departamento Regulación e Investigación Económica y Departamento de Contralor. Cumplido, oportunamente archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta, Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

Descargas