Resolución N° 218/022 - Desestimar el recurso de revocación interpuesto por “SILVERTAN S.A.”

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Expediente: N° 2020-2-9-0000154

Resolución: N° 218/2022

Acta: N° 37/022

Montevideo, 20 de octubre de 2022

Visto: los Recursos administrativos de Revocación y Jerárquico en subsidio interpuestos por “SILVERTAN S.A.” contra el acto de notificación de un aviso de una futura posible facturación por conceptos establecidos en la Ley 19.307 de 29 de diciembre de 2014.

Considerando:I. Que por dicha comunicación se dio aviso a “SILVERTAN S.A.” que: “En base a lo establecido en los art. 187 y 188 de la Ley 19.307 de fecha 29 de diciembre de 2014 y el art. 88 del Decreto Reglamentario 160/016 de fecha 5 de junio de 2019, la factura a emitir por URSEC correspondiente al mes de enero de 2020, incluirá los nuevos criterios de cobro establecidos en los artículos mencionados”; II. Que la referida factura no ha sido emitida en momento alguno por parte de URSEC; III. Que el pretendido acto implícito carece de fuerza de resolución, no causa agravio o perjuicio alguno al recurrente, por lo que la acción iniciada carece de objeto; IV. Que al momento de la interposición de los recursos, se encontraba en vigencia la Ley N° 19.889 de 09 de julio de 2020, por la cual URSEC pasó a ser Servicio Descentralizado, siendo procedente la interposición de los recursos de revocación ante la URSEC y de anulación para ante el Poder Ejecutivo.

Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por las Leyes 17.296 de 21 de febrero de 2001, sus modificativas y concordantes, N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014 y Ley N° 19.889 de 09 de julio de 2020 y a los artículos 83 y 88 del Decreto N° 160/019 de 05 de junio de 2019;

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

1º. Desestimar el recurso de revocación interpuesto por “SILVERTAN S.A.” contra el acto de notificación de URSEC de una posible futura facturación, por carecer de objeto la acción, franqueándose el recurso de anulación para ante el Poder Ejecutivo.

. Notifíquese personalmente.

3º. Pase a Secretaría General a sus efectos.-

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dra. Marta Posada, Secretaria General

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