Resolución N° 224/024 - Autorización a retransmitir CW 155 Radio Sarandí del Yi

Publicada el 19 de julio de 2024. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2023-71-1-0000369

Resolución: N° 224/2024

Acta: N° 25/2024 Montevideo, 11 de julio de 2024.

Visto:  la solicitud realizada por la emisora CW 155 RADIO SARANDI DEL YI (SARANDI LTDA), frecuencia 1550 KHz, de la ciudad de Sarandí del Yi, del Departamento de Durazno, para operar en la modalidad de retransmisión con la emisora CX20 MONTE CARLO, (MONTE CARLO S.A) frecuencia 930 KHz, de la ciudad de Montevideo.

Resultando: I. Que con fecha 21 de marzo de 2023, se recibe por medio del trámite en línea: Contenido y programación de SCA, una solicitud para Retrasmitir por parte de la empresa referenciada, a MONTE CARLO en los siguientes horarios: - "Informativo Cori" de lunes a domingos en el horario de 13:00 a 13:30 hrs. - "Informativo Cori Nocturno" de lunes a domingos en el horario de 20:30 a 21:00 hrs. II. Que Monte Carlo S.A. se expresa autorizando a las radios integrantes del Circuito CORI a retransmitir todos los informativos que se emiten en Radio Monte Carlo 930 AM, cumpliéndose así lo establecido en el literal a) del artículo 45 del citado Decreto 160/019 de 05 de junio de 2019. III. Que asimismo, se adjunta nota solicitada oportunamente a la emisora, donde se hace costar la integración de RADIO CUAREIM al Circuito Cori.

Considerando:  I. Que de acuerdo a la programación solicitada a la interesada, el tiempo de retransmisión, no sobrepasa el 70% de emisión diario, dando cumplimiento al porcentaje que establece la normativa vigente, art. 59 Ley 19.307 de 29 de diciembre de 2014. II. Que, el citado artículo legal establece la necesaria autorización del Consejo de Comunicación Audiovisual para realizar la operativa referida. III. Que al amparo de la remisión que se efectúa en el artículo 198 de la ya citada ley 19.307, compete a URSEC otorgar la presente autorización. IV. Que se ha dado cumplimiento a los requisitos y procedimientos que exige el reglamentario Decreto 160/019 de 5 de junio de 2019, en sus artículos 44 a 46.

Atento: A lo expresado, lo dispuesto por Leyes Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, Nº 19.307 de 29 de diciembre de 2014, modificativas y concordantes, y Nº 19.889 de 9 de julio de 2020, los Decretos 500/991 de 26 de setiembre de 1991, 160/019 de 5 de junio de 2019 y a lo informado por los servicios Jurídicos de URSEC.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

. Autorizar a CW 155 RADIO SARANDI DEL YI (SARANDI LTDA), frecuencia 1550 KHz, de la ciudad de Sarandí del Yi, del Departamento de Durazno, para operar en la modalidad de retransmisión con la emisora CX20 MONTE CARLO, (MONTE CARLO S.A) frecuencia 930 KHz, de la ciudad de Montevideo, en los siguientes horarios: - "Informativo Cori" de lunes a domingos en el horario de 13:00 a 13:30 hrs. - "Informativo Cori Nocturno" de lunes a domingos en el horario de 20:30 a 21:00 hrs.

. A sus efectos pase, por su orden, a Secretaría General, Notificaciones y Departamento de Contralor y Teledifusión (Radiodifusión Sonora). Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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