Resolución N° 227/024 - Sanción de apercibimiento por operar sin contar con la debida autorización

Publicada el 19 de julio de 2024. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2023-71-1-0000334

Resolución: N° 227/2024

Acta: N° 25/2024

Montevideo, 11 de julio 2024.

Visto:: la inspección realizada el 30 de marzo de 2023 a la estación radioeléctrica ubicada en la ciudad de Maldonado, cuyo responsable es el señor Carlos Albérico SENCIÓN NUÑEZ.

Resultando: que en el referido procedimiento se constató la instalación y operación de una estación radioeléctrica en canales atribuidos al Servicio de Banda Ciudadana sin contar con la debida autorización, por lo cual los inspectores actuaciones procedieron a la clausura de la estación y la incautación provisoria del transceptor marca Super Star modelo 3900 sin número de serie.

Considerando: I. que de acuerdo a lo establecido en el Capítulo IX del Reglamento del Servicio de Banda Ciudadana aprobado por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 184/016 de 9 de diciembre de 2016, en el contexto de la Ley Nro. 17.296 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889, la comisión de infracciones dará lugar a la aplicación de sanciones por parte de URSEC; II) que ante la infracción cometida se propuso la imposición de una sanción de apercibimiento; III) que oportunamente se otorgó vista al interesado quien no presentó descargo alguno; IV) que por Trámite en Línea 2023-71-2448 el interesado gestionó el 4 de abril de 2023 la autorización para la instalación y operación de una estación en el Servicio de Banda Ciudadana, la que fue otorgada a través del Permiso con distintivo de llamada CVC2055.

Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley Nro. 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, los Decretos Nro. 500/991 de 26 de setiembre de 1991, Nro. 114/003 de 25 de marzo de 2003, la Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 184/016 de 9 de diciembre de 2016, sus modificativos y concordantes y a lo informado por los servicios Técnicos y Jurídicos de URSEC.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

1°. Imponer una sanción de Apercibimiento al señor Carlos Albérico SENCIÓN NUÑEZ, por operar en frecuencias atribuidas al Servicio de Banda Ciudadana sin contar con la debida autorización.

2°. Disponer la devolución del transceptor incautado provisoriamente marca Super Star modelo 3900 sin número de serie, encomendando a tal efecto al Departamento de Contralor.

. Notifíquese personalmente al interesado de la presente resolución.

. A sus efectos, pase por su orden a Secretaría General, Notificaciones, Departamento de Contralor y Departamento Administración del Espectro. Cumplido, oportunamente archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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