Resolución N° 227/024 - Sanción de apercibimiento por operar sin contar con la debida autorización
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2023-71-1-0000334
Resolución: N° 227/2024
Acta: N° 25/2024
Montevideo, 11 de julio 2024.
Visto:: la inspección realizada el 30 de marzo de 2023 a la estación radioeléctrica ubicada en la ciudad de Maldonado, cuyo responsable es el señor Carlos Albérico SENCIÓN NUÑEZ.
Resultando: que en el referido procedimiento se constató la instalación y operación de una estación radioeléctrica en canales atribuidos al Servicio de Banda Ciudadana sin contar con la debida autorización, por lo cual los inspectores actuaciones procedieron a la clausura de la estación y la incautación provisoria del transceptor marca Super Star modelo 3900 sin número de serie.
Considerando: I. que de acuerdo a lo establecido en el Capítulo IX del Reglamento del Servicio de Banda Ciudadana aprobado por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 184/016 de 9 de diciembre de 2016, en el contexto de la Ley Nro. 17.296 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889, la comisión de infracciones dará lugar a la aplicación de sanciones por parte de URSEC; II) que ante la infracción cometida se propuso la imposición de una sanción de apercibimiento; III) que oportunamente se otorgó vista al interesado quien no presentó descargo alguno; IV) que por Trámite en Línea 2023-71-2448 el interesado gestionó el 4 de abril de 2023 la autorización para la instalación y operación de una estación en el Servicio de Banda Ciudadana, la que fue otorgada a través del Permiso con distintivo de llamada CVC2055.
Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley Nro. 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, los Decretos Nro. 500/991 de 26 de setiembre de 1991, Nro. 114/003 de 25 de marzo de 2003, la Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 184/016 de 9 de diciembre de 2016, sus modificativos y concordantes y a lo informado por los servicios Técnicos y Jurídicos de URSEC.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1°. Imponer una sanción de Apercibimiento al señor Carlos Albérico SENCIÓN NUÑEZ, por operar en frecuencias atribuidas al Servicio de Banda Ciudadana sin contar con la debida autorización.
2°. Disponer la devolución del transceptor incautado provisoriamente marca Super Star modelo 3900 sin número de serie, encomendando a tal efecto al Departamento de Contralor.
3°. Notifíquese personalmente al interesado de la presente resolución.
4°. A sus efectos, pase por su orden a Secretaría General, Notificaciones, Departamento de Contralor y Departamento Administración del Espectro. Cumplido, oportunamente archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General