Resolución N° 229/021 - Modifíquense los numerales 1°y 2° de la Resolución de URSEC 142/2021

Se transcribe texto completo de la Resolución.

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: N° 2021-71-1-0000439

Resolución: N° 229/2021

Acta: N° 057/021

Montevideo, 09 de diciembre de 2021

VISTO: la Resolución de URSEC N° 142/2021 Acta N°021 de URSEC, se ha dispuesto la contratación con Sistarbanc S.R.L. para la adhesión de URSEC al Sistema de Pagos Electrónicos Multipagos.

RESULTANDO: I. Que esta contratación se alinea con el cumplimiento de la Ley N° 19.210 de 29/04/2014, Ley de Inclusión Financiera, facilitando a los clientes el pago y a URSEC su identificación; II. Que de acuerdo a lo previsto por el Art. 33 Literal D) Numeral 3) del TOCAF, podrá, procederse a la contratación directa cuando la misma sea realizada a un proveedor que en forma exclusiva tenga privilegio para brindar el servicio; III. Que a los efectos de la contratación, los bancos no habilitan el servicio de la nómina correspondiente por periodos no inferiores al año para dicho servicio

CONSIDERANDO: I. Que por Resolución de URSEC N° 142/2021 Acta N°021 de URSEC, se ha dispuesto la contratación con Sistarbanc S.R.L. por un monto de hasta $ 90.000 (pesos uruguayos noventa mil), a efectos de cubrir los meses restantes del ejercicio fiscal 2021; II. Que el crédito disponible para afrontar las erogaciones de los ejercicios económicos posteriores al año 2021, serán afectados con la aprobación del presupuesto de URSEC, conforme al artículo 221 de la Constitución de la República, y una vez realizada la apertura de créditos correspondientes.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo informado por los servicios Técnicos Contables y Jurídicos de esta Unidad Reguladora.

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1º. Modifíquense los numerales 1°y 2° de la Resolución de URSEC 142/2021 de 29 de julio, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Autorizar, ad referéndum del Tribunal de Cuentas, la contratación de la empresa Sistarbanc S.R.L. para la adhesión de URSEC al Sistema de Pagos Electrónicos Multipagos. Para el año 2021 por hasta un monto máximo de $ 90.000 (noventa mil pesos uruguayos), pudiéndose renovar por períodos anuales, para los siguientes ejercicios económicos hasta que se alcance el monto máximo fijado para la compra directa ampliada, prevista en el Art. 44 del TOCAF”.

2º. Establecer que la erogación correspondiente a los ejercicios económicos siguientes se imputará al Objeto del gasto 2.6.9.000 denominado “Otros tributos, multas, recargos, seguros y comisiones”, del Inciso 71 URSEC, financiación 1.2. (recursos con afectación especial), sujeto anualmente a la apertura de los créditos presupuestales correspondientes.

3º. Pase a Secretaría General a sus efectos y posteriormente remitir las presentes actuaciones al Contador Delegado del Tribunal de Cuentas.

4º. Una vez cumplidos los pasos anteriores, pase a la Gerencia de Administración y Finanzas para su cumplimiento. Finalizado el trámite procédase a su archivo.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

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