Resolución N° 23/021 - Renovación permisos satélites geoestacionarios CLARO S.A.

Se transcribe texto completo de la Resolución.

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES 

 

Expediente: 2021-71-1-0000046

Resolución: Nº 023/2021

Acta: Nº 003/021

Montevideo, 04 de febrero de 2021

 

VISTO: las presentes actuaciones por las cuales CLARO S.A. solicita la renovación de los permisos anuales de los satélites geoestacionarios “STAR ONE C3” (como primero de su red) y “STAR ONE D1” (como adicional de su red) para radiar señales sobre el territorio nacional.

RESULTANDO: I) que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 095/2020 de 2 de julio de 2020 se la transfirió a favor de CLARO S.A., una licencia de telecomunicaciones Clase “C” y la autorización para la provisión de facilidades satelitales a través de su red de satélites geoestacionarios.

II) que por la precitada Resolución se extendieron hasta el 31 de diciembre de 2020, los permisos anuales de los satélites geoestacionarios “STAR ONE D1” y “STAR ONE C3, con vencimiento el 31 de diciembre de 2020.

CONSIDERANDO: que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro.19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, los Decretos Nro. 114/003 y Nro. 115/003 de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por el Departamento Administración del Espectro.

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1. Extender a partir del 1° de enero de 2021, la renovación de los permisos anuales de los satélites geoestacionarios detallados a continuación e integrantes de la red de CLARO S.A., destinados a la provisión de facilidades satelitales en el territorio nacional:

tabla de coordenadas

 

 

 

 

 

Los referidos permisos caducan el 31 de diciembre de 2021.

2. Reiterar que en el territorio nacional CLARO S.A. debe: a) prestar los servicios en condiciones de regularidad, continuidad y calidad; b) respetar los principios de sana competencia, no incurriendo en conductas anticompetitivas, prácticas predatorias o discriminatorias; c) otorgar a sus clientes y usuarios acceso transparente a la información respecto a las condiciones de prestación de los servicios y precios aplicables a los mismos; d) suministrar en tiempo y forma a requerimiento de esta Unidad Reguladora, toda la información que le sea solicitada referida a los servicios y condiciones de prestación de los mismos. e) comercializar capacidad espacial de los satélites solo a personas que cuenten con autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones vía satélite o efectuar transmisiones satelitales en el país; f) de ser el caso y conforme a los procedimientos establecidos por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), dar continuidad al proceso de coordinación de dicho satélite con las redes de satélites de bandera uruguaya.

3. Establecer que CLARO S.A. debe: a) efectivizar el pago dentro de los 30 (treinta) días corridos siguientes a la notificación de la presente Resolución, el pago por concepto del permiso anual de cada uno de los satélites, cuyos montos individuales ascienden a U$S 5.000 (dólares americanos cinco mil) por el primer satélite de su red y U$S 2.000 (dólares americanos dos mil) por el satélite adicional, lo que hace un total de U$S 7.000 (siete mil) dólares americanos; b) comunicar a URSEC dentro de los treinta (30) días anteriores al vencimiento del correspondiente permiso anual de cada uno de los satélites integrantes de su Red, su intención de no proceder a su renovación. En caso contrario y en tanto no existan inconvenientes, se dictará Resolución renovando el precitado permiso.

4. Notifíquese a la interesada de la presente Resolución.

5. A sus efectos pase por orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones, Departamento Administración de Espectro y Unidad Facturación. Cumplido, oportunamente archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidente del Directorio Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

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