Resolución N° 234/024 - Declarar reservado un informe
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2024-71-1-0000095
Resolución: N° 234/2024
Acta: N° 25/2024
Montevideo, 11 de julio de 2024.
Visto: Lo dispuesto por la Resolución 77/024 de 21 de marzo de 2024.
Resultando: I. Que por la misma se declaró reservado el informe del área de Seguridad de la Información, incorporado a folios 4 y12 a 14 de los presentes obrados, relativo a la descripción de la herramienta de software utilizada por esta Unidad Reguladora, a fin de protección de la infraestructura tecnológica, así como sus funcionalidades y las normas relativas a la protección de datos a los que se debe ajustarse su utilización. II. Que la misma estuvo motivada en que de acuerdo al amparo de dispuesto por el Lit. A del artículo 9 de la Ley 18.381, no corresponde dar a conocer las herramientas utilizadas para la protección de infraestructura tecnológica del organismo, en tanto de conocerse, la misma podría verse sometida a vulnerabilidades con sus consecuentes riesgos. III. Que asimismo consideró que la divulgación genera un riesgo claro, probable y específico como lo establece la norma legal, de daño al interés público protegido.
Considerando: I. Que puesto en el acto administrativo individualizado en el visto de la presente resolución, en conocimiento de la UIAP , la misma se expidió señalando que a pesar de ser un acto conforme a derecho, deberá dar cumplimiento al artículo 11 de la Ley 18.381 con relación al plazo de reserva. II. Que el presente acto se remite y se fundamenta en los extremos expuestos en los Resultandos I, II y III precedentes.
Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de 21de febrero dev2001 normas modificativas y concordantes, Ley 19.889 de 9 de julio de 2020, 18.381 de 17 de octubre de 2008, a lo informado por los servicios técnicos de esta Unidad Reguladora.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1°. Declarar reservado el informe del área de Seguridad de la Información, incorporado a folios 4 y 12 a 14 de los presentes obrados por un plazo de 15 años, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 18.381 de 17 de octubre de 2008
2°. Publíquese en el sitio web institucional, y remítase copia de la presente resolución, a la Unidad de Acceso a la Información Pública.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General