Resolución N° 234/025 - Desestimar por falta de objeto, los recursos interpuestos por AM WIRELESS URUGUAY S.A

Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2025-71-1-0000176
Resolución: N° 234/2025
Acta: N° 23/2025
Montevideo, 6 de agosto de 2025
Visto:
la interposición tempestiva por parte de AM WIRELESS URUGUAY S.A (“CLARO”), de los recursos administrativos de revocación y anulación para ante el Poder Ejecutivo, contra Resolución N° 073/2025 dictada por URSEC el 27 de febrero de 2025.
Resultando:
I. Que dicha Resolución dispone la obligación de los operadores de telecomunicaciones a la presentación de información a nivel departamental sobre los indicadores de cantidad de servicios móviles, de cantidad de servicios de banda ancha fija, volumen de tráfico de datos de banda ancha fija y volumen de tráfico de banda ancha móvil, (la misma surge adjunta en Expediente N° 2022-71-1-0000823, fojas 142 y 143);
II. Que el 07 de abril de 2025 se dicta Resolución N° 80/2025 donde se resuelve dejar sin efecto la Resolución Nº 73/025 de 27 de febrero de 2025 en tanto dicho acto administrativo se dispuso- por error al adoptar el proyecto correspondiente- lo que ya había sido resuelto por Resolución 395/2023 de 21 de diciembre de 2023.
Considerando:
I. Que la Resolución 073/025 fue dictada sin considerar la existencia de la Resolución 395/2023, por lo que se procedió a dejarla sin efecto;
II. Que su dictado procedió a fin de observar el principio del debido proceso y seguridad jurídica, (Art. 2, D.500/91); III. Que, en definitiva, los recursos planteados carecen de objeto.
Atento:
A lo expuesto precedentemente, lo establecido en los artículos 309 y 317 de la Constitución de la República, Ley Nº 15.869 de 22 de junio de 1987 y modificativas, Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, Nº 19.889 de 9 de julio de 2020 y Nº 20.383 de 16 de octubre de 2024, Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991 y lo informado por la Gerencia de Regulación Jurídica y Económica.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1 Desestimar por falta de objeto, los recursos interpuestos por AM WIRELESS URUGUAY S.A (“CLARO”), contra la Resolución N° 073/2025 dictada por URSEC el 27 de febrero de 2025.
2 Notificar personalmente al interesado.
3 A sus efectos, pase por orden a Notificaciones y Secretaria General.
Firmado por: Ec. Gonzalo Balseiro, Presidente
Dra. Nadia Karlen, Secretaria General

