Resolución N° 237/022 - Autorizar la modificación del ámbito geográfico de actividad solicitado por la empresa COMPAÑÍA ÓMNIBUS COLONIA SA
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N°2022-71-1-0000945
Resolución: N° 237/2022
Acta: N° 41/022
Montevideo, 3 de noviembre de 2022
Visto: La presentación de la solicitud por parte de la empresa COMPAÑÍA ÓMNIBUS COLONIA SA, RUT 040008930014, de modificación del ámbito geográfico de actividad postal.
Resultando: I. Que por Resolución Nº 114/013 de 20 de junio de 2013, se le otorgó la licencia OPE011 a COMPAÑÍA ÓMNIBUS COLONIA SA para la prestación de servicios postales en el ámbito local en el departamento de Colonia para las localidades de: Colonia del Sacramento, Rosario, Nueva Helvecia, Tarariras y Colonia Valdense. Que la empresa COMPAÑÍA ÓMNIBUS COLONIA SA solicita la ampliación del ámbito geográfico para las localidades del departamento de Colonia: Carmelo, Nueva Palmira y Juan Lacaze.
Considerando: I. Que de acuerdo a lo informado por la Unidad Registro de Prestadores de Servicios Postales no existen impedimentos para que se otorgue la autorización para modificar el ámbito geográfico autorizado a la empresa COMPAÑÍA ÓMNIBUS COLONIA SA.
Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y sigtes. de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 con la redacción dada por la Ley Nº 19.889 de fecha 9 de julio de 2020, la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012, Resolución de URSEC Nº 010/13 de 31 de enero de 2013 y su modificativa N° 264/14 de 6 de noviembre de 2014 y a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1°. Autorizar la modificación del ámbito geográfico de actividad solicitado por la empresa COMPAÑÍA ÓMNIBUS COLONIA SA, licencia número OPE011, la que queda autorizada a prestar servicios postales en el ámbito local en el departamento de Colonia para las localidades de: Colonia del Sacramento, Rosario, Nueva Helvecia, Tarariras, Colonia Valdense, Carmelo, Nueva Palmira y Juan Lacaze.
2°. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Gerencia de Servicios Postales —Unidad Registro de Prestadores— y a e-Notificaciones para la notificación al domicilio electrónico. Cumplido, archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dra. Marta Posada, Secretaria General