Resolución N° 254/025 - Modificación ámbito geográfico Turismar SRL

Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: Núm. 2025-71-1-0000564
Resolución: Núm. 254/2025
Acta: Núm. 26/2025
Montevideo, 27 de agosto de 2025
Visto:
La presentación del Trámite de Renovación de Licencia Habilitante para la Prestación de Actividad Postal donde la empresa TURISMAR SRL solicita la ampliación del ámbito geográfico de actividad.
Resultando:
1) Que por Resolución N° 117/013 de fecha 17 de julio de 2013, se le otorgó la licencia OPE013 a TURISMAR CARGO Ltda. (nombre de fantasía TURISMAR) para la prestación de servicios postales en el ámbito local en determinados departamentos y localidades que surgen de la citada Resolución. 2) Que por Resolución N° 188/2022 del 4 de octubre de 2022 se amplió el ámbito de geográfico de TURISMAR SRL autorizado a nuevas localidades.
Considerando:
Que de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Servicios Postales no existen impedimentos para que se otorgue la autorización para modificar el ámbito geográfico autorizado a la empresa TURISMAR SRL.
Atento:
A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y siguientes de la Ley Núm. 17.296 de 21 de febrero de 2001 con la redacción dada por la Ley Núm. 19.889 de fecha 9 de julio de 2020, la Ley Núm. 19.009 de 22 de noviembre de 2012, Decreto 209/017 del 4 de agosto de 2017 y Resolución de URSEC Núm. 315/ 2024 del 30 de julio de 2024, y a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1 Autorizar la modificación del ámbito geográfico de actividad tramitado por la empresa TURISMAR SRL., licencia número OPE013, la que queda autorizada a prestar servicios postales en el ámbito nacional en las siguientes localidades:
| |
Departamento | Localidad |
| Montevideo | Montevideo |
| Canelones | San Ramón |
| Canelones | Tala |
| Canelones | Migues |
| Cerro Largo | Fraile Muerte |
| Cerro Largo | Melo |
| Cerro Largo | Tupambaé |
| Durazno | total |
| Florida | total |
| Lavalleja | José Batlle y Ordoñez |
| Lavalleja | Minas |
| Maldonado | Gregorio Aznarez |
| Maldonado | Pan de Azúcar |
| Maldonado | San Carlos |
| Maldonado | La Capuera |
| Maldonado | Piriápolis |
| Maldonado | Maldonado |
| Maldonado | Punta del Este |
| Tacuarembó | Achar |
| Tacuarembó | Paso de los Toros |
| Tacuarembó | Cuchilla Peralta |
| Tacuarembó | San Gregorio de Polanco |
| Tacuarembó | Las Toscas |
| Treinta y Tres | Santa Clara de Olimar |
| Treinta y Tres | Cerro Chato |
| Rivera | Vichadero |
2. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Gerencia de Servicios Postales. La notificación de la resolución la hace la Gerencia de Servicios Postales mediante Trámites en Línea. Cumplido, archívese.
Firmado por: Ec. Gonzalo Balseiro, Presidente
Dra. Nadia Karlen, Secretaria General

