Resolución N° 292/023 - Intimación a emisoras
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2014-2-9-1000726
Resolución: N° 292/2023
Acta: N° 42/2023
Montevideo, 26 de octubre de 2023.
Visto: la solicitud de traslado de Emisora del Plata SRL y FM Tango SRL, firmas permisionarias de las frecuencias FM 95.5 Mhz y FM 91.1 Mhz de Montevideo, respectivamente, con domicilio en Parra del Riego 989 de esta ciudad.
Resultando: I. Que se recibe la solicitud en cuanto a la autorización de traslado de la planta emisora de Emisora del Plata SRL y FM Tango SRL (CXD216 Y CXD238), de la ciudad de Montevideo, desde su ubicación actual (Parra del Riego 989) a la torre de trasmisión ubicada en 8 de Octubre 2355, Edificio “Torre del Congreso” de Montevideo. II. Que dicho traslado se requiere por tratarse de un punto mejor ubicado que el actual, que ofrece mejores condiciones técnicas para la trasmisión de las emisoras y consecuentemente, permite brindar un mejor servicio, asimismo adjuntan Proyecto Técnico y piden que se otorgue a la brevedad, teniéndose presente que dicha solicitud se presenta en carácter confidencial al amparo de lo establecido en Art. 10 de Ley N°18.381 de 17 de octubre de 2008. III. Que desde el departamento de Teledifusión informan que, habiéndose analizado la documentación técnica de traslado de las plantas trasmisoras de las estaciones CXD216 frecuencia 91.1 MHZ y CXD238 frecuencia 95.5 MHz, desde el punto de vista técnico, no se formulan observaciones. IV. Que se concurre por parte de funcionarios de URSEC (Contralor), a la planta emisora, a realizar la inspección técnica por el traslado de las plantas trasmisoras de las estaciones CXD216 frecuencia 91.1 MHZ y CXD238 frecuencia 95.5 MHz. Una vez constituidos en la nueva ubicación en Torre Congreso ubicada en Av. 8 de Octubre 2355 se comprobó que se encontraban instaladas y operando las dos emisoras. Se adjuntan acta de inspección y mediciones realizadas. V. Que el 05 de febrero de 2019, desde Radiodifusión informan que, desde el punto de vista técnico se realizan las siguientes observaciones: La emisora CXD216 se encuentra un poco excedida de potencia y la emisora CXD238 se encuentra muy por debajo de los parámetros autorizados, otorgándose la vista correspondiente. VI. Que con fecha 02 de febrero de 2021, desde el Departamento de Teledifusión, se establece que es necesario informar a esta Unidad Reguladora los avances en los trabajos realizados a los efectos de cumplir la potencia autorizada y si el equipamiento es el oportunamente presentado o se ha modificado respecto al proyecto original. Asimismo, una vez concluidos, se deberá solicitar la inspección correspondiente; dándose vista a EMISORA DEL PLATA SRL el 19 de marzo de 2021. VII. Que el 14 de setiembre de 2022, se vuelve a dar vista a las empresas Emisora del Plata SRL y FM Tango SRL, adjuntándose constancia de Notificación al expediente.
Considerando: I. Que con el art.52, Ley 19.307, que regula la prestación de servicios de radio, televisión y otros servicios de comunicación audiovisual, se creó el “…Registro de Servicios de Comunicación Audiovisual con el objeto de asegurar transparencia en la titularidad de los servicios de comunicación audiovisual y en el que se incluirá información de los titulares que tengan autorización, licencia o registro para prestar dichos servicios…” II. Que según lo dispuesto por la Ley 19.834 de 23 de setiembre de 2019, las competencias otorgadas por la ley 19.307 al Consejo de Comunicación Audiovisual, serán ejercidas por URSEC, hasta tanto no se encuentre instaurado. III. Que habiéndose dado vista de las actuaciones a las partes interesadas, no se han presentado a realizar evacuación alguna.
Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo establecido en los arts.70 y siguientes de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, Ley 18.232 de 22 de diciembre de 2007, reglamentada por Decreto Nº 417/010 de 30/12/2010, en los Artículos 52, 65, 99 y 198 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, reglamentada por Decreto Nº 160/019 de 05/06/2019, en el Artículo 91 del Decreto N° 500/991; y a lo informado por el Departamento de Contralor y de Teledifusión de URSEC.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1°. Proceder a intimar a Emisora del Plata SRL y FM Tango SRL, sitas en 8 de Octubre 2355, Edificio “Torre del Congreso” de Montevideo, que operan en las frecuencias FM 95.5 Mhz y FM 91.1 Mhz de Montevideo, respectivamente, por el termino de 10 días hábiles, a presentar ante esta Unidad, la información faltante solicitada oportunamente, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
2°. Notificar personalmente la presente Resolución.
3°. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones; y Departamento de Teledifusión.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General