Resolución N° 31/021 - Deja sin efecto autorización SEGURIDAD Y SERVICIOS S.R.L.

Se transcribe texto completo de la Resolución.

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: 2020-2-9-0001035

Resolución: Nº 031/2021

Acta: Nº 005/021

Montevideo, 25 de febrero de 2021

VISTO: la solicitud presentada por SEGURIDAD Y SERVICIOS S.R.L. para que se dejen sin efecto las asignaciones a su favor de canales radioeléctricos destinados a la prestación del servicio de radioalarmas en el territorio nacional.

RESULTANDO: I) que por Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones Nro. 605/996 de 25 de setiembre de 1996 se autorizó a la sociedad de hecho “SEGURIDAD Y SERVICIOS”, la prestación del servicio de radioalarmas en el territorio nacional y la instalación y puesta en funcionamiento de un sistema de radioalarmas en el departamento de Florida con la asignación del canal radioeléctrico de funcionamiento. II) por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro.323/003 de 25 de setiembre de 2003, se tomó nota de la transformación de la sociedad de hecho “SEGURIDAD Y SERVICIOS” en SEGURIDAD Y SERVICIOS S.R.L., oportunidad en la que se le confirmó la autorización para la prestación del servicio de radioalarmas en el territorio nacional y la asignación de los canales radioeléctricos de funcionamiento. III) que por Resolución de la Gerencia de Gestión y Fiscalización de esta Unidad Reguladora Nro.252/GGF/DAE/014 de 26 de agosto de 2014 se estableció la conformación de los sistemas de radiocomunicaciones autorizados a dicha empresa.

CONSIDERANDO: que SEGURIDAD Y SERVICIOS SRL ha informado que la baja de canales radioeléctricos se efectiviza en razón de la implementación de procedimientos operacionales y tecnológicos diferentes. En este contexto y de acuerdo a la normativa vigente, acceder a lo solicitado y concomitantemente, dejar sin efecto a la autorización otorgada para la prestación del servicio de radioalarmas.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, los Decretos Nro.255/92 de 9 de junio de 1992, Nro.114/03 y Nro.115/03 ambos de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por el Departamento Administración del Espectro.

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES  RESUELVE:

1. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2020 la autorización otorgada a SEGURIDAD Y SERVICIOS S.R.L. para la prestación del Servicio de Radioalarmas en el territorio nacional.

2. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2020 la autorización otorgada a SEGURIDAD Y SERVICIOS S.R.L. para la instalación y operación de sistemas de radiocomunicaciones destinados a la prestación del Servicio de Radioalarmas en el territorio nacional.

3. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2020 la asignación a SEGURIDAD Y SERVICIOS S.R.L. de las frecuencias radioeléctricas 138,600 MHz y 152,675 MHz.

4. Establecer que en caso que SEGURIDAD Y SERVICIOS S.R.L. enajene total o parcialmente el equipamiento radioeléctrico en desuso, previamente deberá cumplir con lo dispuesto en el Decreto Nro. 476/996 de 10 de diciembre de 1996.

5. Notifíquese a la interesada de la presente Resolución, requiriéndole que debe cancelar los adeudos generados hasta la fecha de baja dispuesta en el numeral 1ro. de este acto administrativo.

6. Notíciese al Ministerio del Interior (Dirección General de Fiscalización de Empresas) de la presente Resolución.

7. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Unidad Atención y Gestiones, Unidad de Facturación, Departamento Administración del Espectro, Departamento de Contralor, Gobierno Electrónico y Departamento Regulación e Investigación Económica. Cumplido, oportunamente archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidente del Directorio Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

 

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