Resolución N° 316/023 - Sanción de apercibimiento a Máxima FM de la ciudad de Paysandú

Publicada el 12 de diciembre de 2023. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2018-2-9-0000442

Resolución: N° 316/2023

Acta: N°44/2023

Montevideo, 13 de noviembre de 2023.

Visto: La constatación del incumplimiento de la obligación de integrar la cadena nacional obligatoria en que ha incurrido la emisora CX249 MAXIMA FM que opera en la frecuencia 97.7 Mhz de la ciudad de Paysandú;

Resultando:  I. Que el Poder Ejecutivo dispuso la realización de una “transmisión simultánea de carácter obligatorio de radio y televisión” para el día 13 de marzo de 2018, lo que fue oportunamente notificado a los respectivos medios; II. Que el Departamento de Contralor de esta Unidad comprobó que la emisora CX249 Máxima FM, que opera en la frecuencia 97.7 MHz. de la ciudad de Paysandú, no integró la referida cadena nacional obligatoria;

Considerando: I. que la omisión por parte de Máxima Fm de integrar la cadena nacional provoca la comisión de falta administrativa susceptible de aplicación de una medida sancionatoria; II. que la conducta acaecida se encuentra comprendida en lo dispuesto por literal k del artículo 179 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, que refiere al incumplimiento de la obligación de difundir las campañas de bien público o cadenas oficiales; III. que se confirió vista en dos oportunidades sin que se hayan realizado descargos; IV. que a efectos de graduar la sanción se debe valorar la entidad de la falta y los antecedentes del infractor, los que en el caso son inexistentes, correspondiendo por tanto la aplicación de una sanción de apercibimiento;

Atento:  A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley 19.307 de diciembre de 2014, y a lo informado por los servicios técnicos y jurídicos de la Unidad;

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

1°. Imponer a la emisora MAXIMA FM que opera en la frecuencia 97.7 Mhz de la ciudad de Paysandú, una sanción de apercibimiento por la omisión de transmisión simultánea obligatoria para los medios de comunicación audiovisuales, dispuesta para el día 13 de marzo de 2018.

. Notifíquese a MAXIMA FM la presente resolución.

3°. Pase a Secretaria General. Inscríbase en el Registro de Sanciones de URSEC. Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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