Resolución N° 321/022 - Apruébase el Reglamento del Servicio de Radioaficionados

Se transcribe texto completo de la Resolución

logo de URSEC

Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: 2019-2-9-0000357

Resolución: N°321/2022

Acta: N° 54/022

Montevideo, 29 de diciembre de 2022

Visto: Las presentes actuaciones referidas a la actualización del Reglamento del Servicio de Radioaficionados.

Resultando: Que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro.088/018 de 23 de mayo de 2018 se aprobó el Reglamento del Servicio de Radioaficionados actualmente vigente.

Considerando: I) Que en razón del tiempo transcurrido y cambios efectuados en la dinámica de la administración y gestión del Servicio de Radioaficionados, resulta conveniente y oportuno introducir modificaciones en su Reglamentación. II) Que los trabajos de revisión y actualización fue efectuada con la activa participación, tanto de Radio Clubes Habilitados, Radio Clubes como de radioaficionados a título individual en las diversas instancias, incluyendo las etapas del procedimiento de Consulta Pública.

Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo establecido en la Ley 13.569 de 14 de octubre de 1966, la Ley 17.517 de 11 de julio de 2002, la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, el Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, lo recomendado por la Recomendación UIT-R M.1544, los Decretos Nro.114/03 y Nro.115/03 de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por el Departamento Administración del Espectro.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

1º. Aprobar el Reglamento del Servicio de Radioaficionados que consta en el Anexo el cual forma parte integral del presente acto administrativo, que regirá a partir del 1° de marzo de 2023.

. Dejar sin efecto a partir del 28 de febrero de 2023 la Resolución de esta Unidad Reguladora Nro.088/018 de 23 de mayo de 2018.

3º. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Departamento de Comunicaciones y Departamento Administración del Espectro. Cumplido, oportunamente archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dra. Marta Posada, Secretaria General

Descargas

Etiquetas