Resolución N° 356/023 - Incremento partida prevista para el objeto del gasto 511.014 “Subasta espectro radioeléctrico”

Publicada el 15 de diciembre de 2023. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Expediente: N° 2023-71-1-0000678

Resolución: N° 356/2023

Acta: N° 47/2023

Montevideo, 30 de noviembre de 2023.

Visto: el pago realizado por A.M. WIRELESS URUGUAY S.A., por concepto de subasta de espectro radioeléctrico.

Resultando: I. Que por Decreto N° 425/022 de 27 de diciembre de 2022 el Poder Ejecutivo autorizó genéricamente la asignación por Procedimiento Competitivo del uso de frecuencias radioeléctricas en la banda de 3,5 GHz para la prestación de servicios de telecomunicaciones móviles internacionales (IMT), en los segmentos de 3300 a 3400 MHz y 3600 a 3800 MHz, reservando a favor de ANTEL el bloque de 3600 – 3700 MHz; II. Que por Decreto N° 112/023 de 30 de marzo de 2023, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones que regiría el Procedimiento Competitivo para la asignación de derechos de uso de frecuencias radioeléctricas destinados a la prestación de servicios de telecomunicaciones móviles internacionales (IMT) en la banda de 3,5 GHz; III. Que la Instancia Final del Procedimiento Competitivo (IFP) se realizó el 9 de mayo de 2023. IV. Que por Resolución de la URSEC Nº 137/2023 de 6 de julio de 2023 se le asignaron a A.M. WIRELESS URUGUAY S.A. - por el plazo de 25 años a partir del día siguiente a la notificación de dicha Resolución- los derechos de uso del Lote de frecuencias (EA01, Sub-bloque 3300 - 3400 MHz), destinados a la prestación de servicios de comunicaciones móviles (IMT); V. Que por la misma Resolución Nº 137/2023 se estableció que A.M. WIRELESS URUGUAY S.A. deberá abonar: i) U$S 7.025.000 (siete millones veinticinco mil dólares estadounidenses) dentro de los 30 (treinta) días corridos y siguientes desde la asignación; ii) U$S 14.050.000 (catorce millones cincuenta mil dólares estadounidenses) dentro de los 12 (doce) meses de hacer efectiva la asignación; iii) U$S 3.512.500 (tres millones quinientos doce mil quinientos dólares estadounidenses) dentro de los 24 (veinticuatro) meses siguientes desde la asignación y iv) U$S 3.512.500 (tres millones quinientos doce mil quinientos dólares estadounidenses) dentro de los 36 (treinta y seis) meses siguientes desde la asignación; VI. Que en cumplimiento del artículo 39° del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto N° 112/023 de 30 de marzo de 2023, A.M. WIRELESS URUGUAY S.A. pagó U$S 7.025.000 (siete millones veinticinco mil dólares estadounidenses).

Considerando: I. Que conforme al artículo 35° del Decreto N° 450/022 de 30 de diciembre de 2022 los montos percibidos por concepto de subasta de espectro radioeléctrico a través de procedimientos competitivos, serán vertidos a Rentas Generales; II. Que el crédito autorizado por el Decreto N° 450/022 de 30 de diciembre de 2022 para el presupuesto 2023, en el Objeto del Gasto 511.014 “Subasta espectro radioeléctrico”, incluido en el Grupo 5 Transferencias, asciende a U$S 25.000.000 (veinticinco millones de dólares estadounidenses); III. Que por Resolución de la URSEC Nº 214/2023 de 11 de setiembre de 2023 se incrementó en U$S 7:031.625 (siete millones treinta y un mil seiscientos veinticinco dólares estadounidenses) la partida prevista para el objeto del gasto 511.014 “Subasta espectro radioeléctrico”, del Inciso 71 Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones autorizada por el Decreto N° 450/2022 para el presupuesto 2023; IV. Que a la fecha, en el Objeto del Gasto 511.014 “Subasta espectro radioeléctrico”, se han imputado transferencias a Rentas Generales por un total de U$S 32:031.625 (treinta y dos millones treinta y un mil seiscientos veinticinco dólares estadounidenses), mediante los Documentos N° 156 (U$S 14.031.625), 175 (U$S 6:000.000) y 236 (U$S 12:000.000); V. Que a los efectos de dar cumplimiento al artículo 35 mencionado y transferir a Rentas Generales la suma de U$S 7.025.000 (siete millones veinticinco mil dólares estadounidenses), resulta necesario incrementar el monto de la partida autorizada por el Decreto para el objeto del gasto 511.014 “Subasta espectro radioeléctrico” en la suma de U$S 7.025.000 (siete millones veinticinco mil dólares estadounidenses). VI. Que conforme al artículo 34° del Decreto N° 450/2022 no constituyen partidas limitativas “Subasta espectro radioeléctrico (ODG 511.014)” y que “El organismo podrá adecuar su monto de acuerdo con el volumen de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto”; VII. Que según Resolución del Tribunal de Cuentas de 6 de junio de 2018, las Resoluciones que adopten los organismos referentes a trasposiciones de rubros, adecuaciones presupuestales e incrementos de partidas no limitativas, así como la información adjunta a las mismas que corresponda, deberán comunicarse al Tribunal de Cuentas exclusivamente en la instancia anual de remisión de los balances de ejecución presupuestal, incluyéndolas en un anexo; VIII. Que es pertinente, por tanto, existiendo crédito disponible y en cumplimiento de la normativa citada, corresponde transferir a Rentas Generales el monto percibido por la URSEC de A.M. WIRELESS URUGUAY S.A. por U$S 7.025.000 (siete millones veinticinco mil dólares estadounidenses).

Atento:: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los artículos 256 y siguientes de la Ley 19.889 de 9 de julio de 2020, y al Decreto N° 450/022 de 30 de diciembre de 2022.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

. Increméntese en U$S 7.025.000 (siete millones veinticinco mil dólares estadounidenses) la partida prevista para el objeto del gasto 511.014 “Subasta espectro radioeléctrico”, del Inciso 71 Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones autorizada por el Decreto N° 450/2022 para el presupuesto 2023.

2°. Transfiérase a Rentas Generales la suma de U$S 7.025.000 (siete millones veinticinco mil dólares estadounidenses), ad-referéndum de la intervención previa del Tribunal de Cuentas, correspondiente al pago realizado por A.M. WIRELESS URUGUAY S.A, por concepto de subasta de espectro radioeléctrico.

. Que la erogación se atenderá con cargo al Objeto del Gasto 511.014 “Subasta espectro radioeléctrico” del Inciso 71 “Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones”.

. Pase a la Secretaría General a los efectos de remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas (Central) para su intervención previa y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para su conocimiento, en cumplimiento del artículo 34° del Decreto N° 450/2022 de 30 de diciembre de 2022.

. Cumplido, pase a la Gerencia Administración y Finanzas a sus efectos.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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