Resolución N° 370/023 - Habilitación por vía de regularización estación del servicio de radiodifusión de televisión comercial digital Canal 3 TV Artigas

Publicada el 15 de enero de 2024. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2013-2-9-1001247

Resolución: N° 370/2023

Acta: N° 48/2023

Montevideo, 7 de diciembre de 2023

Visto: Las presentes actuaciones referidas a la estación de radiodifusión de televisión comercial digital del Departamento de Artigas, Localidad de Artigas cuyo titular es “San Eugenio Televisión SRL”.

Resultando: I. Que por Resolución del Poder Ejecutivo Nro. 669/013 de 25 de octubre de 2013, en el contexto de lo establecido en el literal i) del artículo 8vo.del Decreto Nro. 153/012 de 11 de mayo de 2012 en la redacción dada por el artículo 2do. del Decreto Nro. 437/012 de 31 de diciembre de 2013, se autorizó a San Eugenio Televisión SRL., por el plazo de 15 (quince) años, a prestar el servicio de radiodifusión de televisión digital terrestre en el área local potencial definida en el numeral 2) del Pliego de Bases y Condiciones y en el literal a) del Anexo 8, con estación trasmisora principal en la ciudad de Artigas del departamento de Artigas. II. Que por la misma Resolución Nro. 669/013 se autorizó a San Eugenio Televisión SRL. el derecho de uso de un canal radioeléctrico de 6 MHz de ancho de banda, asignando a tal fin el canal 27 (548-554 MHz) en el área local potencial de la ciudad de Artigas. III. Que las autorizaciones otorgadas a San Eugenio Televisión SRL. están condicionadas al cumplimiento, de la normativa legal y reglamentaria vigente, del proyecto técnico definitivo presentado, del proyecto comunicacional y de los demás compromisos asumidos en la propuesta presentada en el marco del correspondiente Llamado Público.

Considerando: I. Que dentro del plazo establecido San Eugenio Televisión SRL presentó su proyecto técnico definitivo el cual consta en folio Nro. 191 del expediente 2013- 2-9-1000673. II. Que el Departamento de Contralor informó que en el procedimiento inspectivo efectuado se verificó que los parámetros de instalación y operación de la estación de radiodifusión de Televisión Digital de referencia se corresponden con lo autorizado.

Atento:  A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley Nro. 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción sustitutiva dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, la Ley Nro. 19.307 de 29 de diciembre de 2014, sus modificativas y concordantes, los Decretos Nro.153/012 del 11 de mayo del 2012, Nro.437/012 del 31 de diciembre del 2012, Nro.145/013 de 9 de mayo de 2013, Nro. 160/019 de 5 de junio de 2019, sus modificativos y concordantes, las Resoluciones de esta Unidad Reguladora Nro. 326/013 de 27 de diciembre de 2013 y Nro. 111/014 de 22 de mayo de 2014 y a lo informado por el Departamento de Contralor y el Departamento de Teledifusión.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

1°. Por vía de regularización, otorgar la habilitación a la estación del servicio de radiodifusión de televisión comercial digital, cuyo titular es, San Eugenio Televisión SRL con los siguientes parámetros: a. Ubicación Planta Transmisora: Cardenal S/N departamento de Artigas (coordenadas geográficas 30º26’7.64”S 56º27’.47 44” O) b. Estudio: Avda. Carlos Lecueder 319 (coordenadas geográficas 30º26’7.64”S 56º27’.47 44” O) c. Canal de operación: 27 (548-554 MHz) d. Área de servicio: 45 km e. Distintivo: CXB2701 f. Nombre de Fantasía: Canal 3 TV Artigas

. Reiterar que: a. toda modificación de los parámetros de operación debe contar con la previa autorización de esta Unidad Reguladora; b. la estación de referencia puede ser inspeccionada en cualquier oportunidad, para lo cual la titular deberá brindar las máximas facilidades.

. Notifíquese a la interesada de la presente resolución.

. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia Ingeniería de Telecomunicaciones y Departamento de Teledifusión. Cumplido, oportunamente archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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