Resolución N° 37/023 - Declarar incobrable la deuda a los efectos contables, de ALGADRI LTDA,
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2022-71-1-0000206
Resolución: N°037/2023
Acta: N° 06/2023
Montevideo, 16 de marzo de 2023
Visto: los presentes obrados sobre las acciones seguidas por URSEC para procurar el cobro de la deuda contraída por la empresa ALGADRI LTDA (en adelante el “deudor”), número de RUT: 211984090019, domiciliada en AVDA. GRAL. EUGENIO GARZON 162 - MONTEVIDEO.
Resultando: I. Que por Resolución de esta Unidad Reguladora N°975/DFR/05, de 28 de setiembre de 2005, se autorizó a ALGADRI LTDA la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el departamento de Montevideo. II. Que con fecha 21 de abril de 2022, se realizó informe por parte del Departamento de Administración del Espectro donde, se entiende oportuno recabar del deudor una serie de detalles respecto a la conformación de su sistema de radiocomunicaciones actual, cantidad de estaciones móviles, ubicaciones y frecuencias de operación, aportándose dirección y número de teléfono. III. Que desde Notificaciones se informa que, la dirección y el número telefónico aportados ya no pertenecen a la empresa ALGADRI LTDA. Compulsados los registros de URSEC tampoco se encontraron datos que permitieran realizar la notificación correctamente. IV. Que con fecha 18 de mayo de 2022, se concurre por el equipo de Contralor al domicilio declarado por el deudor ante esta Unidad, de la inspección se desprende que en el lugar se encuentra instalada una empresa de distribución de garrafas de gas con la razón social de SYN SRL. Consultados por la empresa ALGARI SRL, informan que la misma cerró definitivamente hace 7 años. La empresa SYN SRL no opera equipamiento radioeléctrico. V. Que se acordona como hijo el expediente N° 2020-2-9-0000475, el cual trata sobre la regularización de la deuda por parte de la misma empresa de obrados, en este caso se dictó Resolución N°042/GAF/2020 intimando al pago de la deuda, pero luego por Resolución N°14 /GAF/2022 quedó sin efecto. VI. Que con fecha 07 de junio de 2022, se dictó Resolución N°109/GIT/DAE/022, donde se resuelve revocar a partir del 31 de julio de 2020 la autorización otorgada a ALGADRI S.R.L para la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el departamento de Montevideo. VII. Que desde Notificaciones informan que se procedido a notificar mediante correo postal certificado, con reporte que indica que no se ha logrado concretar con éxito el procedimiento (se mudó), Art.91 del Decreto N°500/91. VIII. Que con fecha 10 de agosto de 2022, se dicta Resolución N°14 /GAF/2022, donde se resuelve dejar sin efecto Resolución 042/GAF/2020 e intimar a la empresa Algadri Ltda, por un monto de $ 29.637,00 (pesos uruguayos veintinueve mil seiscientos treinta y siete con 00/100), incluidas multas y recargos considerados al mes de julio 2020, los que se ajustaran al momento de su cancelación; la misma corresponde al pago de servicios correspondientes al periodo de Marzo/15 a Julio/20. IX. Que desde Recuperación de Deudas se informa que, teniendo en cuenta que no fue posible contactarse con representantes de la empresa, se solicita publicar en el Diario Oficial, la Resolución de intimación N° 014/GAF/2022. Además indican que dicha empresa tiene los certificados de DGI y BPS vencidos, por último que se ingresó a dicha empresa al Clearing de informes. X. Que se realizó publicación de la Resolución 014/GAF/2022 de fecha 10/8/2022, en la edición N° 31.002 del Diario Oficial de 29 de agosto de 2022.
Considerando: I. Que se han agotado las acciones administrativas para lograr el cobro de la suma adeuda, sin un resultado exitoso. II. Que en mérito a lo que viene de exponerse, corresponde declarar incobrable la deuda a los efectos contables.
Atento: a lo expuesto precedentemente, por arts. 70 y sigtes de Ley 14.306 de 29 de noviembre de 1974 (Código Tributario), por los arts.70 y sigtes de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nº 18.719 de 27 de diciembre de 2010, la Ley Nº 17.930 de 23 de diciembre de 2005 y su Decreto Reglamentario Nº 459/007 de 26 de noviembre de 2007, Ley 19.889 de 9 de julio de 2020, Decreto 500/991 y a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1º. Declarar incobrable la deuda a los efectos contables, de ALGADRI LTDA, número de RUT: 211984090019, domiciliada en AVDA. GRAL. EUGENIO GARZON 162 - MONTEVIDEO.
2º. Pase a Secretaría General y a Gerencia de Administración y Finanzas.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dra. Marta Posada, Secretaria General