Resolución N° 39/025 - Modificar el Resuelve 1° de la Resolución URSEC N° ° 342/2024
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2024-71-1-0001358
Resolución: N° 39/2025
Acta: N° 5/2025
Montevideo, 13 de febrero de 2025
Visto:
Los recursos de Revocación y Jerárquico interpuestos por la empresa La Red de Servicios S.A.S contra la Resolución URSEC n° 342/024 de fecha 8 de agosto de 2024
Resultando:
1.Que por Resolución URSEC n° 342/024 de fecha 8 de agosto de 2024, se resolvió: “1°. Imponer a “TENES SEGURO” una Observación por incumplimiento del art. 4 literal d del Decreto 132/022; 2°. Imponer a “TENES SEGURO” una multa de 2 Unidades Reajustables por incumplimiento del art. 4 literal a del Decreto 132/022”.
2. Que el acto recurrido fue notificado con fecha 14 de agosto de 2024 y los recursos fueron presentados con fecha 26 de agosto de 2024.
3. Que en la fundamentación de los recursos se indicó que la empresa está registrada en URSEC, aclarando que la razón social de la misma es “La Red de Servicios S.A.S” y no “Tenes Seguro” que solamente corresponde a su nombre de fantasía. Por lo cual, indica que URSEC impone una multa de 2 UR por incumplimiento al artículo 4 literal a del Decreto n° 132/022, porque al corroborar su registro, tomó en consideración el nombre de fantasía y no la razón social.
4. Que acorde surge del certificado notarial adjunto en obrados, dicha empresa transformó su tipo societario, siendo que ahora paso a ser “La Red de Servicios S.A.S”.
5. Que se otorgó a la recurrente vista previa, quedando notificado con fecha 23 de octubre de 2024, sin evacuar vista.
Considerando:
1 Que los recursos se interpusieron en tiempo acorde a lo establecido en el artículo 142 Decreto N° 500/991, los arts. 317 de la Constitución y 4 de la Ley N° 15.869
2. Que se interpuso en forma conjunta el recurso de Revocación ante URSEC y Jerárquico en subsidio, por lo cual, siendo que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones posee la naturaleza jurídica de Servicio Descentralizado y en aplicación al principio de informalismo a favor del administrado, se interpreta que la interposición de los recursos ha sido interpuesta en debida forma, correspondiendo el recurso de Anulación para ante el Poder Ejecutivo.
3. Que se identificó dos infracciones individuales, por lo cual, la Resolución URSEC N° 342/2024 impuso dos sanciones: observación y multa.
4. Que el recurrente, cuando evacuo la vista conferida en el expediente 2023-71-1-0001407, admitió que por error administrativo se contactó con un usuario inscripto en el Registro “No Llame”, no siendo de aplicación las excepciones previstas artículo 5 del Decreto N° 132/022. Por lo cual, se configuro infracción al artículo 4 literal d del Decreto n° 132/022, correspondiendo la aplicación de sanción de observación. En consecuencia, se deberá de modificar el numeral 1° de la Resolución n° URSEC n° 342/024 en atención al nombre de la razón social de la empresa
5. Que asiste a razón al recurrente, en cuanto consultado el Registro de Personas y Empresas de URSEC, luce que con fecha 12/07/2022 se dio el alta en dicho Registro a la empresa “La Red de Servicio SRL”, RUT 080144210019, siendo que se padeció de error al consignar dicho registro identificando a la empresa por su nombre fantasía “Tenes Seguro”.
Atento:
A lo precedentemente expuesto artículo 181 de la Ley N° 19.996 de 3 de noviembre del 2021, artículos 73 y 89 de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, Decreto N° 132/022 de 21 de abril de 2022 y Resolución 275/2023 del 19 de octubre de 2023 y Decreto N° 500/991 de 27/9/991.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Resuelve:
1. Modificar el Resuelve 1° de la Resolución URSEC N° ° 342/2024 en los siguientes términos: “1 Imponer a “La Red de Servicios S.A.S” una Observación por incumplimiento del art. 4 literal d del Decreto N° 132/022
2. Hacer lugar parcialmente a lo peticionado, revocar el numeral 2° de la Resolución URSEC n° 342/024 de fecha 8 de agosto de 2024.
3. Notifíquese personalmente.
4. Pase a Secretaría General, a la Gerencia de Administración y Finanzas - Facturación y a la Oficina de Notificaciones. Cumplido, vuelva.
Firmado por: Ing. Silvana Olivera, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General