Resolución N° 4/023 - Autorización a DIGEBIA instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el territorio nacional
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Exp. 2022-71-1-1076
Resolución: N° 004/023
Acta: N° 01/023
Montevideo, 2 de febrero de 2023.
Visto: la solicitud presentada por la DIRECCION GENERAL DE BIOSEGURIDAD E INOCUIDAD ALIMENTARIA, dependiente del MINISTERIO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA, tendiente a obtener autorización para la instalación y puesta en funcionamiento de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el territorio nacional.
Considerando: I) que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado; II) que, a fin de preservar la seguridad en su funcionamiento, corresponde establecer la reserva de los parámetros técnico-administrativos del sistema de referencia.
Atento: a lo expuesto y a lo establecido por Ley Nro. 18.381 de 17 de octubre de 2008, la Ley Nro. 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción sustitutiva dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, los Decretos Nro. 255/992 de 9 de junio de 1992, Nro. 232/010 de 2 de agosto de 2010, Nro. 114/003 y Nro. 115/003 ambos de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por el Departamento Administración del Espectro.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1º. Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE BIOSEGURIDAD E INOCUIDAD ALIMENTARIA, dependiente del MINISTERIO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA, a partir de enero de 2023, la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el territorio nacional.
2º. Asignar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIOSEGURIDAD E INOCUIDAD ALIMENTARIA a partir de enero de 2023, los canales radioeléctricos detallados en el numeral I) del Anexo de la presente Resolución.
3º. Establecer que la conformación del sistema de radiocomunicaciones autorizado a la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIOSEGURIDAD E INOCUIDAD ALIMENTARIA se ajusta partir de enero de 2023 al detalle que luce en el numeral II) del Anexo a la presente Resolución.
4º. Establecer que: a. las autorizaciones otorgadas revisten carácter precario y revocable en cualquier momento, sin derecho a reclamo o indemnización de clase alguna y su mantenimiento se encuentra condicionado al cumplimiento de la totalidad de las disposiciones en vigencia y al pago de los tributos y precios que correspondan; b. toda modificación que se desee introducir a la conformación, ubicación o parámetros de operación del sistema radioeléctrico de referencia debe contar con la previa autorización de esta Unidad Reguladora; c. el sistema de radiocomunicaciones de referencia debe ser operado en las correspondientes condiciones técnico-administrativas establecidas en la Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones Nro. 387/94 de 23 de setiembre de 1994; d. si en la práctica la operativa de alguna de las estaciones de referencia, produjera interferencias perjudiciales a otros sistemas de telecomunicaciones que contaren con autorización previa, deberá cesar las transmisiones en forma inmediata y adoptar las medidas para evitar la reiteración del inconveniente; e. las estaciones autorizadas pueden ser inspeccionadas en cualquier oportunidad, para lo cual el titular deberá brindar las máximas facilidades. Si efectuadas las mediciones de rigor se comprobara que los equipos no cumplen con los parámetros de funcionamiento establecidos o la conformación del sistema no se ajustara a lo autorizado o no se pudiera realizar la inspección por razones imputables al titular, se adoptarán las medidas que al caso puedan corresponder llegando incluso a dejar sin efecto la autorización concedida.
5º. Declarar reservado el Anexo de la presente Resolución.
6º. Notifíquese a la DIRECCIÓN GENERAL DE BIOSEGURIDAD E INOCUIDAD ALIMENTARIA de la presente Resolución.
7º. A sus efectos pase por orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones, Departamento Administración de Espectro y Unidad Facturación. Cumplido, oportunamente archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dra. Marta Posada, Secretaria General