Resolución N° 413/023 - Licencia postal a ALTOKE SAS

Publicada el 29 de diciembre de 2023. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Expediente: N° 2023-71-1-0001699

Resolución: N° 413/2023

Acta: N° 51/2023

Montevideo, 28 de diciembre de 2023.

Visto: La presentación por parte de la empresa ALTOKE SAS (RUT 219552680013), nombre de fantasía ALTOKE, de la solicitud de la licencia para prestar servicios postales y su inscripción en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal (RGPSP).

Resultando: Que se presentó la mencionada empresa a los efectos de solicitar una licencia postal, se le formularon varias observaciones relacionadas con los requisitos de información y documentos a presentar las que fueron levantadas.

Considerando: I. Que ALTOKE SAS cumplió con los requisitos para la obtención de la licencia postal. II. Que conforme a las disposiciones legales vigentes, compete a esta Unidad Reguladora otorgar las licencias a los prestadores del servicio postal que habilita su participación en el mercado y la inscripción en el mencionado Registro. III. Que de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Servicios Postales, no existen inconvenientes para que se otorgue la autorización solicitada.

Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y sigtes. de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, con la redacción dada por la Ley Nº 19.889 de fecha 9 de julio de 2020, Ley N° 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y su Decreto Reglamentario Nº 209/017 de 4 de agosto de 2017 y Ley Nº 19.594 de 5 de enero de 2018, las Resoluciones de URSEC Nº 717/009 de 23 de diciembre de 2009 y modificativa Nº 427/010 de 12 de agosto de 2010, Nº 010/13 de 31 de enero de 2013 y su modificativa Nº 264/14 de fecha 6 de noviembre de 2014, Nº 106/016 de 4 de agosto de 2016, Nº 185/016 de 9 de diciembre de 2016, Nº 107/2017 de 14 de julio de 2017, y a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

. Otorgar a ALTOKE SAS (RUT 219552680013), nombre de fantasía ALTOKE, la licencia número OPE156 y la inscripción en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal, que lo autoriza a la prestación de servicios postales en el ámbito nacional, y en el ámbito internacional, parcial para América del Norte —Estados Unidos—.

. La habilitación de la licencia queda condicionada al pago de 10.000 UI (unidades indexadas diez mil) dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes a la notificación de la presente, vencido dicho plazo sin que hubiera hecho efectivo el pago quedará sin efecto el otorgamiento de la licencia solicitada y se archivarán las presentes actuaciones.

3º. Establecer que la licencia otorgada tiene vigencia por un año a contar de la habilitación de la misma y está sujeta a lo dispuesto en la Ley N° 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y en la Resolución de URSEC Nº 071/2018 de 4 de mayo de 2018, normas modificativas y concordantes.

. Establecer que el licenciatario deberá dar cumplimiento a las disposiciones que rigen en la materia, incluyendo la presentación de las Declaraciones Juradas y el pago de la Tasa de Control del Marco Regulatorio y de la Tasa de Financiamiento del Servicio Postal Universal, en el caso que corresponda, y la presentación de la información a que refieren las Resoluciones de URSEC Nº 717/009 de 23 de diciembre de 2009 y modificativa Nº 427/010 de 12 de agosto de 2010 y la actualización de la información relacionada con la operativa postal de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en especial con el art. 12 de la Resolución de URSEC Nº 071/018 de 4 de mayo de 2018 para lo cual se le otorga un plazo de noventa (90) días a partir de la notificación de la presente. Deberá otorgar las máximas facilidades para efectuar las inspecciones correspondientes.

5º. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Gerencia de Servicios Postales —Unidad Registro de Prestadores— para la notificación a través del sistema VUCE y una vez abonado el costo de la licencia postal, emitir el Certificado de Licencia Postal, siga a Notarial para la actualización del Registro de personas y empresas y Facturación. Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario Genera

 

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