Resolución N° 42/021 - Contratación becarias "Yo estudio y trabajo"

Se transcribe texto completo de la Resolución original. Fue modificada la redacción de esta resolución por Resolución de URSEC 55/021.

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: N° 2021-71-1-0000111
Resolución: N°042/2021
Acta: N°006/021

Montevideo, 04 de marzo de 2021

VISTO: Lo establecido en la Ley 19.133 de 20 de setiembre de 2013 y su Decreto Reglamentario N° 115/015 de 27 de abril de 2015.

RESULTANDO: I. Que la Ley 19.133 de 20 de setiembre de 2013 tiene por objeto promover el trabajo decente de las personas jóvenes, vinculando el empleo, la educación y la formación profesional desde la perspectiva de los derechos fundamentales; 

                          II. Que el capítulo IV “De la primera experiencia laboral en el Estado y en Personas Públicas no Estatales” de la mencionada Ley y el Capítulo IV de su Decreto Reglamentario N° 155/017 de 27 de abril de 2015 establecen los organismos competentes para su otorgamiento: “El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, el Instituto Nacional de la Juventud, la Administración Nacional de Educación Pública, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional podrán acordar contrataciones de primera experiencia laboral con organismos públicos estatales o no estatales..”.;.

                        III. Que el Programa “Yo estudio y trabajo” es una iniciativa interinstitucional (MTSS, MEC, MIDES-INJU, INEFOP, INAU y ANEP) que contribuye a fortalecer el vínculo entre el mundo educativo y el mundo del trabajo ofreciendo a jóvenes estudiantes una primera experiencia laboral formal; 

                   IV. Que después de avaluar la experiencia de adhesión a las Ediciones del Programa desde el año 2017 como totalmente exitosa, URSEC manifestó al MTSS su interés de adherir nuevamente a la Novena Edición del Programa “Yo estudio y trabajo”, y solicitó la derivación de 3 (tres) jóvenes del programa para realizar tareas administrativas de apoyo.

CONSIDERANDO:  I. Que del Programa “Yo estudio y Trabajo” derivó a 3 (tres) estudiantes para dar el apoyo administrativo solicitado.

                          II. Que según informe del Departamento de Contabilidad y Finanzas, existe disponibilidad de créditos presupuestales para atender la erogación resultante de dicha contratación.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente, y a lo dispuesto por los artículos 70 y siguientes de la Ley Nº 17.296 del 21 de febrero de 2001, sus modificativas y complementarias, artículos 256 y siguientes de la Ley N° 19889 de 9 de julio de 2020, el artículo 1, literal a) y b) de la Ley 16.127 de 7 de agosto de 1990 con la redacción dada por el Art. 11 de la Ley 17930 de 19 de diciembre de 2005, el Art. 49 de la Ley 18.651 y el Art. 4 de la Ley 19.122;

 

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1.-Contrátase a las estudiantes Lucía Noel BANDERA BASSO CI 5.137.555-3, Aixa DOLZ LOPEZ CI 5.288.227-6 y Romina Magalí PEREIRA SILVA CI 5.212.835-3, a partir del día siguiente a su notificación, para desempeñar tareas de apoyo en URSEC por el término de 12 (doce meses) con una carga horaria de 30 (treinta) horas semanales.

2.- Cométese a la oficina de Gestión de Personal la firma de los contratos correspondientes, la inscripción de los mismos en el Registro de Vínculos con el Estado (RVE) de la Oficina Nacional de Servicio Civil, dar el alta en el BPS y demás gestiones que correspondan.

3.- Cométese al Departamento de Contabilidad y Finanzas la realización de las gestiones necesarias a efectos del pago de los haberes que correspondan.

4.- Pase a Secretaria General a los efectos de remitir las presentes actuaciones al Cr Delegado del Tribunal de Cuentas. Cumplido, vuelva a la Gerencia de Administración y Finanzas – Departamento de Contabilidad y Finanzas.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidente del Directorio Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

 

 

 

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