Resolución N° 50/021 - Transferencia Tasa de Financiamiento Servicio Postal Universal

Se transcribe texto completo de la Resolución.

LOGO URSEC

 

UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES 

Expediente: N°2021-71-1-0000157

Resolución: N° 050/2021

Acta: N°010/021

Montevideo, 18 de marzo de 2021

VISTO: La necesidad de transferir la suma de $ 51:056.914a la Administración Nacional de Correos, correspondiente a la recaudación de enero y febrero de 2021de la Tasa de Financiamiento del Servicio Postal Universal

RESULTANDO: I. Que la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012 en su artículo 15º, en la redacción dada por la Ley N° 19.594 de 5 de enero de 2018, creó la Tasa de Financiamiento del Servicio Postal Universal, y estableció que –según el artículo 11º–la Administración Nacional de Correos es el único organismo competente y designado para cumplir con el Servicio Postal Universal. II. Que la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012 en su artículo 15º, en la redacción dada por la Ley N° 19.594 de 5 de enero de 2018, establece que la URSEC transferirá al operador designado el producido de lo recaudado dentro de los diez días siguientes, previa deducción de hasta el 10% (diez por ciento) por la administración de la recaudación de la Tasa. III. Que el monto vertido por los operadores postales en su carácter de agentes de percepción, se deposita en el Banco República en la Cuenta Corriente pesos uruguayos Nº 001556713-00001para luego emitirse una obligación para la transferencia de los fondos recaudados a la Administración Nacional de Correos, los que se califican como fondos de terceros administrados por URSEC. IV. Que el Decreto del Poder Ejecutivo N° 386/020 de 31 de diciembre de 2020 aprobó una asignación presupuestal en el Grupo 5 -TRANSFERENCIAS por $ 271:834.423, asignación expresada a precios de enero-junio de 2020. V. Que la URSEC por Resolución Nro. 004/2021 de 28de enero de 2021remitióal Tribunal de Cuentas de la República para su intervención previa de $ 271:834.423, correspondiente al crédito apertura en el presupuesto 2021; VI. Que el Tribunal de Cuentas por Resolución Nro. 0461/2021adoptada en sesión de fecha 3de marzo de 2021(E.E. N°2021-17-1-0000639, Ent. N° 439/2021) comete al Contador Delegado en la URSEC, la intervención del gasto por el importe de $ 271:834.423, una vez verificado que la Resolución dictada por el Ordenador Competente concuerde con los antecedentes remitidos al Tribunal y la efectiva recaudación de los fondos a transferir.

CONSIDERANDO: I. Que la recaudación a transferir por Tasa Financiamiento Servicio Postal Universal, correspondiente a la recaudación de enero y febrero de 2021,alcanza la cifra de $ 51:056.914.II.Que el monto de la recaudación a transferir por $ 51:056.914representa el 90,51% de la recaudación de enero y febrero de 2021,por Tasa Financiamiento Servicio Postal Universal, dado que la URSEC retiene por la administración de la recaudación de la tasa el 9,49%, de acuerdo a lo autorizado por la Presidencia de la República en la Resolución E/213 de 23 de diciembre de 2010.

ATENTO:A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos 70 y siguientes de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 con sus modificativas y complementarias, artículos 256 y siguientes de la Ley 19.889 de 9 de julio de 2020, la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y la Ley N° 19.594 de 5 de enero de 2018

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1º.Transfiérase a la Administración Nacional de Correos la suma de $ 51:056.914 (pesos uruguayos cincuenta y un millones cincuenta y seis mil novecientos catorce),correspondiente a la recaudación de enero ($ 26.607.151)y febrero($ 24.449.763)de 2021,por Tasa de Financiamiento Servicio Postal Universal.

.Que la erogación se atenderá con cargo al Inciso 71Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, Grupo 5 -TRANSFERENCIAS, Objeto del Gasto 511 Auxiliar 013 “Dirección Nal. Correo-Tasa de Financiamiento Servicio Postal”.

3º.Pase a Secretaría General a los efectos de remitir las presentes actuaciones al Contador Delegado del Tribunal de Cuentas en la URSEC para su intervención previa.

.Cumplido, pase a la Gerencia Administración y Finanzas a sus efectos.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta, Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria Genera

 

Descargas