Resolución N° 5/025 - Dejar sin efecto la Licencia de Telecomunicaciones clase “B” que ostenta TANINSUR S.A

Publicada el 21 de enero de 2025. Se transcribe texto completo de la Resolución con anexos reservados y se adjunta documento firmado:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2024-71-1-0001575 

Resolución: N° 5/2025

 Acta: N° 2/2025 

Montevideo, 16 de enero de 2025 

Visto: la solicitud presentada por TANINSUR S.A. para que se le otorgue la baja de las autorizaciones otorgadas. 

Resultando: I. que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 011/024 de 1 de febrero de 2024 se otorgó a TANINSUR S.A., la licencia de telecomunicaciones clase “B”, autorización para la prestación del servicio de radioalarmas en el departamento de Canelones, autorización para la instalación y operación de sistemas de radiocomunicaciones destinados a la prestación del servicio de radioalarmas y la asignación del canal radioeléctrico destinado a la operación de dicho sistema. 

Considerando: I. que corresponde acceder a lo solicitado. II. que a fin de preservar la seguridad corresponde establecer la reserva de los parámetros técnicoadministrativos del sistema de referencia. 

Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley Nro. 18.381 de 17 de octubre de 2008, el Decreto Nro. 232/010 de 2 de agosto de 2010, la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, los Decretos Nro.255/992 de 9 de junio de 1992, Nro. 114/003 y 115/003 ambos de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por el Departamento de Administración del Espectro.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

1°. Dejar sin efecto la Licencia de Telecomunicaciones clase “B” que ostenta TANINSUR S.A. 

2°. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2024 la autorización otorgada a TANINSUR S.A. para la prestación del servicio de radioalarmas en el departamento de Canelones. 

3°. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2024 la autorización otorgada a TANINSUR S.A. para la instalación y operación de sistemas de radiocomunicaciones en el departamento de Canelones destinado a la prestación del servicio de radioalarmas. 

4°. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2024 a TANINSUR S.A. la asignación del canal radioeléctrico de operación, detallado en el numeral I) del Anexo de la presente Resolución. 

5°. Declarar reservado el Anexo de la presente Resolución. 

6. Notifíquese a TANINSUR S.A. de la presente Resolución. 

7°. A sus efectos pase por orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones, Unidad de Facturación, Departamento de Contralor, Departamento Administración del Espectro y Departamento de Regulación e Investigación Económica. Cumplido, oportunamente archívese. 

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta 

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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