Resolución N° 5/025 - Dejar sin efecto la Licencia de Telecomunicaciones clase “B” que ostenta TANINSUR S.A
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2024-71-1-0001575
Resolución: N° 5/2025
Acta: N° 2/2025
Montevideo, 16 de enero de 2025
Visto: la solicitud presentada por TANINSUR S.A. para que se le otorgue la baja de las autorizaciones otorgadas.
Resultando: I. que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 011/024 de 1 de febrero de 2024 se otorgó a TANINSUR S.A., la licencia de telecomunicaciones clase “B”, autorización para la prestación del servicio de radioalarmas en el departamento de Canelones, autorización para la instalación y operación de sistemas de radiocomunicaciones destinados a la prestación del servicio de radioalarmas y la asignación del canal radioeléctrico destinado a la operación de dicho sistema.
Considerando: I. que corresponde acceder a lo solicitado. II. que a fin de preservar la seguridad corresponde establecer la reserva de los parámetros técnicoadministrativos del sistema de referencia.
Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley Nro. 18.381 de 17 de octubre de 2008, el Decreto Nro. 232/010 de 2 de agosto de 2010, la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, los Decretos Nro.255/992 de 9 de junio de 1992, Nro. 114/003 y 115/003 ambos de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por el Departamento de Administración del Espectro.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1°. Dejar sin efecto la Licencia de Telecomunicaciones clase “B” que ostenta TANINSUR S.A.
2°. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2024 la autorización otorgada a TANINSUR S.A. para la prestación del servicio de radioalarmas en el departamento de Canelones.
3°. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2024 la autorización otorgada a TANINSUR S.A. para la instalación y operación de sistemas de radiocomunicaciones en el departamento de Canelones destinado a la prestación del servicio de radioalarmas.
4°. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2024 a TANINSUR S.A. la asignación del canal radioeléctrico de operación, detallado en el numeral I) del Anexo de la presente Resolución.
5°. Declarar reservado el Anexo de la presente Resolución.
6. Notifíquese a TANINSUR S.A. de la presente Resolución.
7°. A sus efectos pase por orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones, Unidad de Facturación, Departamento de Contralor, Departamento Administración del Espectro y Departamento de Regulación e Investigación Económica. Cumplido, oportunamente archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General