Resolución N° 504/024 - Pago de licencia de clase B Riselco S.A

Publicada el 27 de septiembre de 2024. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2021-71-1-0000324

Resolución: N° 504/2024

Acta: N° 35/2024

Montevideo, 12 de setiembre de 2024.

Visto: que por Resolución del Poder Ejecutivo Nro. 137/022 de 14 de junio de 2022 se otorgó a RISELCO S.A., la Licencia de Telecomunicaciones Clase “B” y autorización para la prestación del servicio de transmisión de datos en las áreas geográficas donde actualmente ostenta licencia clase D para la prestación del servicio de TV para Abonados a través de la modalidad alámbrica.

Resultando: I. que por Resolución del Poder Ejecutivo Nro. 117/994 de 11 de febrero de 1994 se autorizó a RISELCO S.A. a suministrar el servicio de televisión por cable en la ciudad de Montevideo a través de la modalidad alámbrica en tanto por Resolución del Poder Ejecutivo Nro. 751/014 de 24 de diciembre de 2014 se le autorizó a poner en funcionamiento para brindar el servicio “TDH” en zonas rurales del Departamento. Posteriormente, por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 280/003 de 28 de agosto de 2003 se le otorgó Licencia de Telecomunicaciones Clase D para la prestación del servicio de televisión para abonados en las precitadas áreas geográficas. II. que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 193/023 de 17 de agosto de 2023 se estableció que RISELCO S.A. se encuentra habilitada técnicamente para prestar el servicio de transmisión de datos a través de tecnología alámbrica. III. que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 439/024 de 30 de agosto de 2024 se establecieron los precios correspondientes a la Licencia de Telecomunicaciones Clase B dependientes del número de habitantes de las áreas de servicio en las que se otorgue autorización para la prestación de servicios.

Considerando: que corresponde requerir a RISELCO S.A. el pago por concepto de obtención de la Licencia de Telecomunicaciones clase B.

Atento:: a lo expuesto precedentemente, a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por las Leyes Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020 y Nro. 20.075 de 20 de octubre de 2022, la Ley Nro. 19.307 de 29 de diciembre de 2014, los Decretos Nro. 115/003 de 25 de marzo de 2003, Nro. 160/019 de 5 de junio de 2019, sus modificativos y concordantes, los datos poblacionales publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y a lo informado por los servicios de URSEC

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

. Establecer que RISELCO S.A., dentro de los 30 (treinta) días corridos siguientes a la notificación de la presente Resolución, debe efectivizar el pago por concepto de obtención de la Licencia de Telecomunicaciones clase B cuyo monto asciende a 50.000 U.I. (cincuenta mil Unidades Indexadas).

2°. Reiterar que las autorizaciones otorgadas a RISELCO S.A. se encuentra condicionadas al cumplimiento de las disposiciones en vigencia y al pago oportuno de los tributos y precios que correspondan.

3°. Notifíquese a la interesada de la presente Resolución.

. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Unidad Atención y Gestiones, Unidad Facturación, Departamento de Teledifusión y Departamento de Telecomunicaciones. Cumplido, oportunamente archívese

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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