Resolución N° 541/024 - Contratación empresa Conatel S.A.
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2024-71-1-000935
Resolución: N° 541/2024
Acta: N° 38/2024
Montevideo, 3 de octubre de 2024.
Visto: la gestión promovida por la Gerencia de Gestión y Fiscalización, Departamento deContralor y por la Unidad de Adquisiciones, de acuerdo al Plan de Inversiones de URSEC para 2024, a efectos de calibrar un Analizador del Espectro, Anritsu.
Resultando: I. Que es preciso renovar el certificado de calibración del equipamiento mencionado para cumplir con lo dispuesto en el Manual de Comprobación Técnica de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). II. Que dicha calibración se encuentra prevista en el Plan de Inversiones de URSEC aprobado para el año 2024 en el Proyecto 04 “Equipamiento, Control y Monitoreo”, y se halla previsto en el Anexo II de Inversiones del Presupuesto aprobado para URSEC por el Decreto del Poder Ejecutivo N°335/2023 de 26/10/2023. III. Que Conatel S.A. es el representante exclusivo autorizado en Uruguay de equipos ANRITSU, según surge de la carta de Representación de fjs. 10. IV. Que a fjs.1 ya se había seleccionado por la Gerencia de Gestión y Fiscalización, Departamento de Contralor, la opción de Calibración Estándar Z540. V. Que se solicitó cotización actualizada para dicha calibración a la referida empresa, la que se encuentra de fjs.6 a 9.
Considerando: I. Que de acuerdo a lo previsto por el Art 33 del literal C) numeral 3) del TOCAF, podrá procederse a la contratación directa por excepción al ser Conatel S.A. representante exclusivo para Uruguay de los equipos ANRITSU, lo que se llevará a cabo mediante el procedimiento de compra CDE 114/24; II. Que existe crédito disponible para afrontar las erogaciones correspondientes, de acuerdo a lo previsto en el Plan de Inversiones de URSEC para 2024, lo que surge de la APG N° 157 de 26/06/2024, que luce a fs.11.
Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los Artículos 70 y siguientes de la Ley Nº 17.296 del 21 de febrero de 2001, sus modificativas y complementarias, artículos 256 y siguientes de la Ley 19.889 del 9 de julio de 2020, el Decreto N° 150/2012 de fecha 11 de mayo de 2012 (Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado), y a lo informado por los servicios Técnicos Contables y Jurídicos de esta Unidad Reguladora
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1°. Autorizar, ad referéndum del Tribunal de Cuentas, la contratación a la empresa Conatel S.A. mediante el procedimiento de compra directa por excepción, CDE 114/24, para realizar la calibración del equipo Analizador del Espectro, modelo MS2090A, de ANRITSU, por hasta un monto de U$S 7.700.- (siete mil setecientos dólares americanos) más IVA. Lo cual totaliza la cantidad de hasta U$S 9.394.- (nueve mil trescientos noventa y cuatro dólares americanos) IVA incluido
2°. La adjudicación dispuesta será atendida con cargo al Objeto del gasto 3.5.8.000 “Equipos de Comunicaciones”, Proyecto 4 “Equipamiento de Comunicaciones”, del Inciso 71 URSEC, financiación 1.2. (Recursos con afectación especial), créditos del ejercicio 2024.
3°. Para el caso donde en la inspección y diagnóstico sean detectadas fallas en el equipamiento, se autoriza a incrementar el monto adjudicado hasta por un máximo de un 100% (cien por ciento), previa evaluación y autorización de las Gerencias de Administración y Finanzas y de Ingeniería en Telecomunicaciones.
4°. Pase a Secretaría General a sus efectos y posteriormente remitir las presentes actuaciones al Contador Delegado del Tribunal de Cuentas.
5°. Una vez cumplidos los pasos anteriores, pase a la Gerencia de Administración y Finanzas para su cumplimiento. Finalizado el trámite procédase a su archivo.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General