Resolución N° 565/024 - Autorización a retransmitir programación CW27 RADIO TABARÉ
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2023-71-1-0000470
Resolución: N° 565/2024
Acta: N° 40/2024
Montevideo, 16 de octubre de 2024.
Visto: la solicitud realizada por la emisora CW27 RADIO TABARE (TABARE DE SALTO SRL), frecuencia 740 KHz del departamento de Salto, Localidad de Salto, para operar en la modalidad de retransmisión con la emisora CX16 CARVE (SOCIEDAD ANONIMA DIFUSORAS RADIOELECTRICAS DEL PLATA S.A.D.R) frecuencia 850 KHz de la ciudad de Montevideo.
Resultando: I. Que con fecha 17 de mayo de 2023, se recibe por medio del trámite en línea: Contenido y Programación de SCA, una solicitud para Retrasmitir por parte de la empresa referenciada, a Radio Carve en los siguientes horarios: - PROGRAMA Valor Agregado- De lunes a viernes de 11:00 a 13:00 hrs. II. Que desde Radio Carve se expresan autorizando a Radio Tabare a retrasmitir parte de su programación, mediante nota suscripta por representante de la empresa, cumpliéndose así lo establecido en el artículo 45 del Decreto 160/019 de 05 de junio de 2019.
Considerando: I. Que de acuerdo a la programación solicitada a la interesada, el tiempo de retransmisión, no sobrepasa el 70% de emisión diario, dando cumplimiento al porcentaje que establece la normativa vigente, art. 59 Ley 19.307 de 29 de diciembre de 2014. II. Que el citado artículo legal establece la necesaria autorización del Consejo de Comunicación Audiovisual para realizar la operativa referida, correspondiendo en la instancia a esta Unidad Reguladora, de acuerdo a la Ley 19.834 de 23/9/2019. III. Que se ha dado cumplimiento a los requisitos y procedimientos que exige el reglamentario Decreto 160/019 de 5 de junio de 2019, en sus artículos 44 a 46.
Atento: A lo expresado, lo dispuesto por Leyes Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, Nº 19.307 de 29 de diciembre de 2014, modificativas y concordantes, y Nº 19.889 de 9 de julio de 2020, los Decretos 500/991 de 26 de setiembre de 1991, 160/019 de 5 de junio de 2019 y a lo informado por los servicios Jurídicos de URSEC
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1º. Autorizar a emisora CW27 RADIO TABARE (TABARE DE SALTO SRL), frecuencia 740 KHz del departamento de Salto, Localidad de Salto, para operar en la modalidad de retransmisión con la emisora CX16 CARVE (SOCIEDAD ANONIMA DIFUSORAS RADIOELECTRICAS DEL PLATA S.A.D.R) frecuencia 850 KHz de la ciudad de Montevideo, en los siguientes horarios: - PROGRAMA Valor Agregado- De lunes a viernes de 11:00 a 13:00 hrs.
2º. A sus efectos pase, por su orden, a Secretaría General, Notificaciones y Departamento de Contralor y Teledifusión (Radiodifusión Sonora). Cumplido, archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General