Resolución N° 58/024 - Contratación Lic. Natalia Medina

Publicada el 12 de marzo de 2024. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2024-71-1-0000364

Resolución: N° 58/2024

Montevideo, 6 de marzo de 2024.

Visto: Las nuevas atribuciones asignadas a la URSEC por la Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020.

Resultando: I. Que el señor Director Pablo Siris planteó la necesidad de contar con personal de confianza para cumplir funciones de asesoría y otras tareas vinculadas a su naturaleza, proponiendo la contratación de la Lic. Natalia Medina Pereyra, titular de la cédula de identidad número 3.475.197- 6, para prestar tareas de asistencia directa, en régimen diario de seis y media (6,5) horas, con cargo a la partida de confianza del señor Director, equivalente a $ 107.252,39 (pesos uruguayos ciento siete mil doscientos cincuenta y dos con 39/100) mensuales nominales, hasta la finalización de su mandato; II. Que esta Unidad Reguladora cuenta con los créditos presupuestales para atender la erogación originada por la presente resolución al amparo del artículo 23 de la Ley N° 17.556 de 18 de setiembre de 2002 en la redacción dada por el artículo 512 de la Ley Nº 20.075 de 20 de octubre de 2022, el artículo 21 del Decreto N° 386/020 de 31 de diciembre de 2020 y las disposiciones vigentes aprobadas por el Poder Ejecutivo en materia de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de URSEC; III. Que la Oficina Nacional de Servicio Civil informó con fecha 23 de setiembre de 2020 que la URSEC, como servicio descentralizado que es a partir de la Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020, tiene autonomía con relación a las retribuciones de sus funcionarios dentro de su marco presupuestal no debiéndose aplicarle los topes establecidos en el Decreto 362/014 así como tampoco corresponde la intervención de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional para la utilización del crédito del Grupo 0 – Servicios personales, en mérito a que el artículo 1º del Decreto Nº 244/014 de 20 de agosto de 2014, refiere expresamente a los Incisos del Poder Ejecutivo.

Atento: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los arts. 70 y siguientes de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020, artículo 23 de la Ley N° 17.556 de 18 de setiembre de 2002 en la redacción dada por el artículo 512 de la Ley Nº 20.075 de 20 de octubre de 2022, el artículo 21 del Decreto N° 386/020 de 31 de diciembre de 2020.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

1°. Contratar a la Lic. Natalia Medina Pereyra, titular de la cédula de identidad número 3.475.197-6 para prestar tareas de asistencia directa, disponiendo el pago de una partida nominal mensual equivalente a $ 107.252,39 (pesos uruguayos ciento siete mil doscientos cincuenta y dos con 39/100) que serán imputados de la partida de cargos de confianza asignada al señor Director Pablo Siris, en los términos estipulados en el contrato correspondiente.

. Establecer que el pago de dicha compensación se atenderá con cargo al Objeto del gasto 042.088 “Compensación Adscriptos al Directorio” (Artículo 23° de la Ley N° 17.556 del 18 de septiembre de 2002) del Inciso 71 – Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.

3º. Pase por su orden a Secretaría General, OPP, Gestión de Personal para la notificación de la interesada y conocimiento de la ONSC, siga a Contabilidad y Finanzas a sus efectos.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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