Resolución N° 587/024 - Instuctivo de Servicios Postales

Publicado el 19 de noviembre de 2024. Se transcribe texto completo de la Resolución y se adjunta anexo:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

 Expediente: N° 2024-71-1-0001593

 Resolución: N° 587/2024

Acta: N° 43/2024 

Montevideo, 8 de noviembre 2024. 

Visto: la necesidad de adecuar y actualizar la recopilación de información cuantitativa y cualitativa sobre los servicios postales. 

Resultando: I. Que por Resolución de esta Unidad Reguladora N° 343/2005 de fecha 24 de noviembre de 2005 se aprobó la Base de Datos para uso regulatorio; II. Que por Resolución de esta Unidad Reguladora N° 427/2010 de 12 de agosto de 2010 se dispuso aprobar modificaciones a la Base de Datos para uso regulatorio, la cual incluía la presentación por parte de los operadores regulados de información sobre el tráfico de envíos postales (cartas, paquetes y servicios financieros); III. Que en la citada Resolución se aprobó el instructivo que se encuentra vigente para la declaración de la información estadística por parte de los operadores postales en el Sistema Galería. 

Considerando:  I. Que la evolución del sector postal orientada a la integración y aprovechamiento compartido de la infraestructura postal busca maximizar y optimizar el uso de las redes postales comunes entre los operadores del sector; II. Que la tendencia hacia el uso compartido de redes postales se ha intensificado debido al aumento en los volúmenes de envíos de paquetes, haciendo necesario establecer criterios claros para determinar qué operador postal debe declarar los envíos cuando estos son procesados por múltiples operadores y redes postales; III. Que corresponde adecuar y actualizar los criterios que deben utilizar los operadores postales para la declaración de información estadística en el Sistema Galería; IV. Que lo solicitado es sin perjuicio de lo establecido por la Resolución N° 427/2010 de 12 de agosto de 2010. 

Atento: A lo expuesto, a las disposiciones de la Ley Nº 19.009, del artículo 70 y siguientes de la Ley N° 17.296 del 21 de febrero del 2001, en la redacción dada por los artículos 256 y siguientes de la Ley N° 19.889 del 9 de julio del 2020; el Decreto N° 209/017 de 4 de agosto de 2017; Decreto 500/991 del 27 de setiembre de 1991; Resolución de URSEC N° 315/2024 de 30 de julio de 2024 y demás normas complementarias y concordantes.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

1°. Aprobar el INSTRUCTIVO de SERVICIOS POSTALES (versión 2024), el cual se detalla en el Anexo de la presente resolución. 2º. Establecer que el criterio definido en el INSTRUCTIVO de SERVICIOS POSTALES (versión 2024) a efectos de la presentación de información estadística sobre el tráfico de envíos postales (cartas, paquetes y servicios financieros), sea aplicado por los operadores postales en las declaraciones juradas presentadas a partir de enero de 2025. 

2°. Notifíquese a través de “E-notificaciones” y del Sistema “Galería” a los operadores postales con licencia postal vigente. 

3°. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General y a la Gerencia de Servicios Postales. 

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

 Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

 

 

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