Resolución N° 59/021 - Revoca Resolución de URSEC 134/019

Se transcribe texto completo de la Resolución.

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: N° 2011-2-9-1000590

Resolución: N° 059/2021

Acta: N° 016/021

Montevideo, 15 de abril de 2021

VISTO: La inspección llevada a cabo en instalaciones de la emisora “Nueva Onda (Now) FM”, que operaba en la frecuencia 98.9 MHz en la ciudad de Nueva Helvecia (Departamento de Colonia), procediéndose a la incautación de equipamiento y clausura provisoria.

RESULTANDO: I. Que dándose cumplimiento a lo establecido en la Resolución de URSEC Nº 040/2011 sobre contralor de sistemas en uso del espectro radioeléctrico, se concurre a la ciudad de Nueva Helvecia, detectándose el funcionamiento irregular de la emisora referida anteriormente, la cual operaba sin la correspondiente autorización del Poder Ejecutivo. II. Que habiéndose determinado la ubicación de la emisora en cuestión se procede a la inspección de sus instalaciones, instancia en la cual se confirma que el Sr. Raúl Pastorino (C.I. N° 3.143.717-9), quien se encontraba al frente de la misma, no contaba con la autorización debida, y que se operaba mediante un transmisor artesanal cuyos datos surgen de obrados. III. Que en vista de las circunstancias expuestas en el resultando anterior, se incautó el mentado transmisor, clausurándose la emisora de autos.

CONSIDERANDO: I. Que según se desprende de la normativa vigente al momento de cometida la falta señalada, la prestación de servicios de comunicación audiovisual requería -ya desde aquel entonces- de “Autorizaciones precarias para el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico nacional, así como para la instalación y operación de estaciones radioeléctricas…” (Art. 73, Lit. “D” de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por el artículo 142 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010, sustituido por el art. 259 de la Ley 19.889 de 9 de julio de 2020). II. Que consultado el Expediente N° 2011/1/00103, se constató la existencia de un antecedente sancionatorio relativo a la clausura de la emisora en cuestión “…por no estar autorizada, y además contener emisiones no deseadas en la banda asignada al Servicio Móvil Aeronáutico,…”. IV. Que consultado el Departamento de Contralor de esta Unidad Reguladora en relación al destino del transmisor incautado, se sugiere su destrucción. V. Que de conformidad a lo dispuesto en el Acta N° 2/020 de 6.02.2020, corresponde revocar la Resolución Nº 134/019 de 10 de octubre de 2019 por motivos puramente formales. VI. Que fue conferida la vista preceptiva, pero la parte no compareció a evacuarla.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente, a lo establecido en la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, demás normas concordantes y complementarias y Ley 19.889 de 9 de julio de 2020 y a lo informado por la Gerencia de Regulación Jurídica y Económica.

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1. Revocar la Resolución Nº 134/019 de 10 de octubre de 2019 por motivos puramente formales.

2. Proceder a la incautación definitiva del transmisor artesanal utilizado para la transmisión sin autorización de la emisora “Nueva Onda (Now) FM” que operaba en la frecuencia 98.9 MHz. desde la ciudad de Nueva Helvecia del departamento de Colonia, siendo su responsable el Sr. Raúl Pastorino, cometiéndose al Dpto. de Contralor la destrucción del transmisor incautado.

3. Notificar personalmente la presente resolución.

4. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones, Departamento de Teledifusión Sonora y Unidad Facturación. Cumplido, archívese.-

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta, Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

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