Resolución N° 621/024 - Deja sin efecto la Resolución de Ursec 168/2018
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2016-2-9-0000384
Resolución: N° 621/2024
Acta: N° 46/2024
Montevideo, 28 de noviembre de 2024.
Visto: La Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones N°168/2018, de fecha 30 de agosto de 2018.
Resultando: I. Que en virtud de mencionada Resolución, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, dispuso que cualquier operador del Servicio de Televisión para Abonados que acuerde con la señal CHARRUA TV, podrá dar cumplimiento a las obligaciones referentes a las emisiones del Himno Nacional y las Cadenas Nacionales, a través de dicha señal, previa comunicación a esta Unidad Reguladora del acuerdo celebrado a tales efectos. II. Que en mencionada Resolución se estableció que los permisionarios de los servicios involucrados, son los responsables del cumplimiento de las obligaciones impuestas por la normativa vigente con relación a las emisiones referidas y además, le otorgo a ANDEBU, un plazo de sesenta días a contar desde la notificación de la presente resolución, para que informe a esta Unidad Reguladora especificando los permisionarios del servicio que estarán comprendidos en el mecanismo regulado.
Considerando: I. Que se notificó reiteradas veces a ANDEBU a los efectos del cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución mencionada en el Visto, sin que dicho cumplimiento tenga lugar;
Atento: A lo expuesto precedentemente,
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve;
1°. Déjese sin efecto la Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones N°168/2018, de fecha 30 de agosto de 2018.
2°. Notifíquese personalmente a ANDEBU.
3°. Pase a la Secretaría General y a la Gerencia de Gestión y Fiscalización a sus efectos.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General