Resolución N° 630/024 - Reiteración gasto sobre ingresos brutos
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2024-71-1-0001695
Resolución: N° 630/2024
Acta: N° 47/2024
Montevideo, 12 de diciembre de 2024
Visto: la observación del gasto que realizó el Cr. Delegado del Tribunal de Cuentas ante URSEC, vinculada al pago al Tribunal de Cuentas de la Tasa sobre los Ingresos Brutos del ejercicio 2024;
Resultando: I. que el artículo 1° de la Ley N° 16.853 de 14 de agosto de 1997 y modificativas, establece “Facúltase al Tribunal de Cuentas a fijar una tasa de hasta el 1,5 o/ooo (uno y medio por diez mil), sobre los ingresos brutos de las empresas industriales y comerciales del Estado (artículo 221 de la Constitución de la República), por la intervención que le compete en los estados contables de éstas…”; II. que es necesario realizar el pago al Tribunal de Cuentas de la Tasa sobre los Ingresos Brutos de la URSEC correspondientes al período 01/01/2024 - 30/09/2024; III. que con fecha 20 de noviembre de 2024, el Cr. Delegado del Tribunal de Cuentas ante URSEC, observa el gasto por un monto total de $ 602.743;
Considerando: I. que la observación del Cr. Delegado del Tribunal de Cuentas se realiza por incumplimiento del artículo N° 13 del TOCAF; II. que a los efectos de realizar el pago al Tribunal de Cuentas de la Tasa sobre los Ingresos Brutos del período 01/01/2024 - 30/09/2024, en cumplimiento del artículo N° 1° de la Ley N° 16.853 de 26 de agosto de 1997, corresponde reiterar el gasto;
Atento: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el literal “B” del artículo 211 de la Constitución de la República, y por el artículo 256 y siguientes de la Ley 19.889 de 9 de julio de 2020.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1°. Reiterar el gasto por $ 602.743, correspondiente al pago al Tribunal de Cuentas de la Tasa sobre los Ingresos Brutos del período 01/01/2024 - 30/09/2024.
2°. El referido gasto será atendido con cargo al objeto del gasto 263.020 “Tasa sobre Ingresos Brutos- TC (Art.1 Ley 16.853)”, del Inciso 71 “Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones”.
3°. Comuníquese y pase a sus efectos al Cr. Delegado del Tribunal de Cuentas ante URSEC.
4°. Cumplido, pase a la Gerencia de Administración y Finanzas a sus efectos y luego archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General