Resolución N° 645/024 - Aprobación Protocolo de actuación para el contralor de la Publicidad Oficial
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2024-71-1-0000482
Resolución: N° 645/2024
Acta: N° 47/2024
Montevideo, 12 de diciembre de 2024.
Visto: La necesidad de instrumentar los procedimientos para el control de la publicidad oficial de acuerdo a lo establecido por el Art. 774 y la Ley 19.924 de 18/12/2020, en la redacción dada por el Art. 658 de la Ley 20.212 de 6/11/23.
Resultando: I. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 774 de la Ley N° 19.924, de fecha 18 de diciembre de 2020, estableció los porcentajes mínimos que los organismos públicos deben destinar del monto total de publicidad oficial de alcance nacional a medios de comunicación, programas o producciones informativas o periodísticas comerciales o comunitarios, con realización y producción propias y radicados en localidades del interior; II. Que dicho artículo ha sido reglamentado por los Decretos N° 392 y 393/022 de fechas 13 y 14 de diciembre de 2022, respectivamente; III. Que el artículo 658 de la Ley N° 20.212 de fecha 6 de noviembre de 2023, dio nueva redacción al artículo 774 de la Ley N° 19.924, incluyendo, entre otros, la competencia a URSEC del control de cumplimiento de lo dispuesto, así como la imposición de sanciones ante su infracción; IV. Que de conformidad a dicha normativa, se procedió a la aprobación del Protocolo de Actuación sobre Control de Publicidad Oficial de acuerdo a el Acta 21/2024 de 6 de junio de 2024 del Directorio, previa consulta pública que fue realizada de acuerdo a lo dispuesto por disposición de fecha 14 de mayo de 2024. V. Que dicho protocolo fue comunicado a los organismos públicos comprendidos en la norma, y se publicó en la web institucional de URSEC, con link de acceso al Protocolo. VI. Que la incorporación de los criterios propuesto por el Grupo de Trabajo de Control de la Publicidad Oficial, en cuanto a quienes son los responsables dentro de la Administración Central de entregar la información correspondiente; así como con relación a una nueva determinación en cuanto al alcance del concepto de publicidad nacional, implican una modificación del Protocolo Aprobado por disposición de fecha Acta 21/2024 de 6 de junio de 2024 del Directorio.
Considerando: I. Que corresponde la sustitución del Protocolo de Actuación sobre Control de Publicidad Oficial, de acuerdo a lo expuesto en el Resultando IV de la presente resolución. II. Que asimismo corresponde aprobar los demás instrumentos para hacer efectivo el control de la Publicidad Oficial, a saber: Instructivo- Funcionalidades de la Planilla Auxiliar para el Control de Publicidad Oficial, la Planilla de Control, Nota explicativa sobre ejecución de publicidad oficial, y Ejecución de Publicidad oficial total y el Modelo de Certificado notarial que deberá ligarse con la declaración jurada de control de publicidad oficial.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1°. Sustituir el Protocolo aprobado de acuerdo a disposición del Directorio de fecha 6 de junio de 2024, por el que se incorpora y constituye el Anexo I de la presente Resolución el que forma parte de la misma.
2°. Aprobar el Instructivo- Funcionalidades de la Planilla Auxiliar para el control de Publicidad oficial, el que se incorpora como Anexo II de la presente resolución de la cual forma parte.
3°. Aprobar la Planilla de Control, Nota explicativa sobre ejecución de publicidad oficial, y Ejecución de Publicidad oficial total que conforman el como Anexo III que forma parte de la presente resolución.
4°. Aprobar el Modelo de Certificación Notarial, que deberá ligarse con la declaración jurada de control de publicidad oficial como Anexo IV de la presente resolución la cual forma parte de la misma.
5°. Comuníquese y publíquese la presente resolución.
6°. Pase por su orden a la Secretaria General, GRJE y GIT sus efectos.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General