Resolución N° 65/001 - Estaciones de radiodifusión deberán tener oficina de atención al público en localidades adjudicadas
065 - Las estaciones de radiodifusión cuyos estudios no se encuentren ubicados en la localidad para la cual fueron adjudicadas, deberán tener en la misma una Oficina para atender las consultas o peticiones puedan realizar sus habitantes.