Resolución N° 65/021 - Transferencia Tasa de Financiamiento Servicio Postal Universal

Se transcribe texto completo de la Resolución.

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: N° 2021-71-1-0000228

Resolución: N° 065/2021

Acta: N° 017/021

Montevideo, 22 de Abril de 2021

VISTO: La necesidad de transferir la suma de $ 29:547.987 a la Administración Nacional de Correos, correspondiente a la recaudación de Marzo y de un saldo de enero de 2021 de la Tasa de Financiamiento del Servicio Postal Universal

RESULTANDO: I. Que la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012 en su artículo 15º, en la redacción dada por la Ley N° 19.594 de 5 de enero de 2018, creó la Tasa de Financiamiento del Servicio Postal Universal, y estableció que – según el artículo 11º – la Administración Nacional de Correos es el único organismo competente y designado para cumplir con el Servicio Postal Universal; II. Que la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012 en su artículo 15º, en la redacción dada por la Ley N° 19.594 de 5 de enero de 2018, establece que la URSEC transferirá al operador designado el producido de lo recaudado dentro de los diez días siguientes, previa deducción de hasta el 10% (diez por ciento) por la administración de la recaudación de la Tasa; III. Que el monto vertido por los operadores postales en su carácter de agentes de percepción se deposita en el Banco República en la Cuenta Corriente pesos uruguayos Nº 001556713-00001, para luego emitirse una obligación para la transferencia de los fondos recaudados a la Administración Nacional de Correos, los que se califican como fondos de terceros administrados por URSEC; IV. Que el Decreto del Poder Ejecutivo N° 386/020 de 31 de diciembre de 2020 aprobó una asignación presupuestal en el Grupo 5 - TRANSFERENCIAS por $ 271:834.423, asignación expresada a precios de enero-junio de 2020; V. Que la URSEC por Resolución Nro. 004/2021 de 28 de enero de 2021 remitió al Tribunal de Cuentas de la República para su intervención previa de $ 271:834.423, correspondiente al crédito apertura en el presupuesto 2021; VI. Que el Tribunal de Cuentas por Resolución Nro. 0461/2021 adoptada en sesión de fecha 3 de marzo de 2021 (E.E. N°2021-17-1-0000639, Ent. N° 439/2021) comete al Contador Delegado en la URSEC, la intervención del gasto por el importe de $ 271:834.423, una vez verificado que la Resolución dictada por el Ordenador Competente concuerde con los antecedentes remitidos al Tribunal y la efectiva recaudación de los fondos a transferir.

CONSIDERANDO: I. Que la recaudación a transferir por Tasa Financiamiento Servicio Postal Universal, correspondiente a la recaudación de marzo y de un saldo de enero de 2021, alcanza la cifra de $ 29:547.987; II. Que el monto de la recaudación a transferir por $ 29:547.987 representa el 90,51% de la recaudación de marzo y de un saldo de enero de 2021, por Tasa Financiamiento Servicio Postal Universal, dado que la URSEC retiene por la administración de la recaudación de la tasa el 9,49%, de acuerdo a lo autorizado por la Presidencia de la República en la Resolución E/213 de 23 de diciembre de 2010.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los artículos 70 y siguientes de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 con sus modificativas y complementarias, artículos 256 y siguientes de la Ley 19.889 de 9 de julio de 2020, la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y la Ley N° 19.594 de 5 de enero de 2018.

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1º. Transfiérase a la Administración Nacional de Correos la suma de $ 29:547.987 (pesos uruguayos veintinueve millones quinientos cuarenta y siete mil novecientos ochenta y siete), correspondiente a la recaudación de marzo ($ 29.508.622) y de un saldo de enero ($ 39.365) de 2021, por Tasa de Financiamiento Servicio Postal Universal.

2º. Que la erogación se atenderá con cargo al Inciso 71 Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, Grupo 5 - TRANSFERENCIAS, Objeto del Gasto 511 Auxiliar 013 “Dirección Nal. Correo-Tasa de Financiamiento Servicio Postal”

3º. Pase a Secretaría General a los efectos de remitir las presentes actuaciones al Contador Delegado del Tribunal de Cuentas en la URSEC para su intervención previa.

4º. Cumplido, pase a la Gerencia Administración y Finanzas a sus efectos.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta, Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

 

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