Resolución N° 653/024 - Autorizar la modificación del nombre de fantasía registrado de la empresa Sopel S.R.L.
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2024-71-1-0001757
Resolución: N° 653/2024
Acta: N° 48/2024
Montevideo, 23 de diciembre de 2024.
Visto: La presentación por parte de la empresa SOPEL S.R.L. a renovar su licencia postal, comunicando en la misma la modificación del ámbito geográfico de actividad postal.
Resultando: I. Que por Resolución de URSEC N° 195/018 de fecha 21 de setiembre de 2018, se le otorgó a SOPEL S.R.L. la licencia número OPE120, que la autorizó a la prestación de servicios postales en el ámbito local, para el departamento de Montevideo, y en el ámbito local para las localidades de Artigas y Bella Unión en el departamento de Artigas; bajo el nombre de fantasía “SOPEL S.R.L.”. II. Que SOPEL S.R.L. presentó, en el marco del trámite de “Renovación de Licencia Habilitante para la Prestación de Actividad Postal”, una solicitud de modificación del nombre de fantasía registrado y autorizado para prestar servicios postales por URSEC.
Considerando: Que de acuerdo a lo informado por Gerencia de Servicios Postales, no existen impedimentos para que se modifique el nombre de fantasía registrado de la empresa SOPEL S.R.L.
Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y sigtes. de la Ley No 17.296 de 21 de febrero de 2001, con la redacción dada por la Ley No 18.046 de 24 de octubre de 2006 y su modificativa Ley No 18.719 de 27 de diciembre de 2010, Ley 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y su Decreto Reglamentario No 209/017 de 4 de agosto de 2017 y Ley No 19.594 de 5 de enero de 2018, las Resoluciones de URSEC No 717/009 de 23 de diciembre de 2009 y modificativa No 427/010 de 12 de agosto de 2010, No 106/016 de 4 de agosto de 2016, No 185/016 de 9 de diciembre de 2016 y No 315/2024 de 30 de julio de 2024 y a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1°. Autorizar la modificación del nombre de fantasía registrado de la empresa SOPEL S.R.L., licencia número OPE120, la que quedará autorizada para la prestación de servicios postales con el nombre de fantasía “Vía Norte”.
2°. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Gerencia de Servicios Postales — Unidad Registro de Prestadores— para la actualización en el RGPSP y en el Registro de Personas y Empresas de URSEC. Cumplido, archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General