Resolución N° 69/024 - Revocar la licencia postal número OPE096

Publicada el 20 de marzo de 2024. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2024-71-1-0000462

Resolución: N° 69/2024

Acta: N° 8/2024

Montevideo, 14 de marzo de 2024

Visto: Los incumplimientos de las obligaciones ante Ursec de la empresa PÉREZ DE LEÓN VALENTINA FLORENCIA, RIOPEDRE JUAN PABLO Y VALDEZ PEREIRA EDISON (RUT 217224400018), nombre de fantasía “MKTG Comex”.

Resultando: I. Que por resolución N° 220/015 de 10 de diciembre de 2015, se le otorgó la licencia para prestar servicios postales en el ámbito nacional e internacional habiendo inscripto a la misma en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal (RGPSP) con el número OPE096. Dicha licencia se habilitó con fecha 10 de diciembre de 2015. II. Que, según nuestros registros, el certificado de licencia postal se encuentra vencido desde el 26 de diciembre de 2016, habiéndose comunicado a la sociedad la fecha de vencimiento del certificado de licencia postal con suficiente antelación, la empresa no se presentó a solicitar la renovación. III. Que la Resolución de otorgamiento de la licencia prevé en su numeral 3, que vencido el plazo sin que hubiese hecho efectivo el pago y/o presentado las declaraciones juradas, pase a la Gerencia de Servicios Postales para la revocación del permiso postal y demás acciones que correspondan. IV. Que la empresa presenta las declaraciones juradas correspondientes a la Tasa de Control de Marco Regulatorio y Tasa del Servicio Postal Universal hasta diciembre de 2016, habiéndolas presentado siempre con saldo $ 0. V. Que con fecha 1° de enero de 2018, solicitaron la clausura de la sociedad en BPS y DGI.

Considerando: I. Que de acuerdo a lo informado por la Unidad Facturación la empresa no adeuda facturas a la fecha. II. Que en mérito a lo expuesto corresponde proceder a la revocación de la autorización otorgada a la citada empresa, estableciéndose como fecha de revocación el 20 de diciembre de 2016.

Atento: : A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y sigtes. de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 con la redacción dada por la Ley Nº 19.889 de fecha 9 de julio de 2020, la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012, Resolución de URSEC Nº 010/13 de 31 de enero de 2013 y su modificativa N° 264/14 de 6 de noviembre de 2014 y la Nº 071/018 de 4 de mayo de 2018, a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

. Revocar la licencia número OPE096 otorgada a PÉREZ DE LEÓN VALENTINA FLORENCIA, RIOPEDRE JUAN PABLO Y VALDEZ PEREIRA EDISON, nombre de fantasía MKTG Comex, con fecha 20 de diciembre de 2016, empresa que fuera autorizada a la prestación de servicios postales en el ámbito nacional e internacional.

. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Gerencia de Servicios Postales —Unidad Registro de Prestadores Postales— para la actualización en el RGPSP, en el Registro de Personas y Empresas de URSEC, y a Facturación. Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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