Resolución N° 7/022 -Revocar la licencia postal otorgada a PRODEC S.R.L.
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES
Expediente: N° 2021-71-1-0000696
Resolución: N°007/2022
Acta: N°01/2022
Montevideo, 03 de febrero de 2022
VISTO: La Resolución de URSEC N° 125/14 de fecha 30 de mayo de 2014, por la que se otorgó la licencia número OPE083 que autorizó a la empresa PRODEC S.R.L. nombre de fantasía PRODEC (RUT 215905200013) a la prestación de servicios postales en el ámbito nacional, la que fue habilitada con fecha 9 de junio de 2014.
RESULTANDO: I. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y el artículo 8 de la Resolución de URSEC número 071/018 de 4 de mayo de 2018, el certificado de inscripción en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal (RGSP) tendrá validez de un año. Su renovación se realizará a solicitud de parte interesada; II. Que habiéndose vencido el certificado de la licencia postal con fecha 9 de junio de 2017, la empresa no se presentó a solicitar la renovación; III. Que se notificó a la citada empresa confiriéndose vista por el plazo legal, no habiéndose presentado a evacuarla, ni cumplir con lo solicitado.
CONSIDERANDO: I. Que la no presentación a solicitar la renovación del certificado de licencia postal, habilita a bajar de oficio del Registro General de Prestadores del Servicio Postal a las empresas omisas y es causal de revocación de la licencia otorgada; II. Que en mérito a lo expuesto y a lo informado por la Unidad Registro de Prestadores de Servicios Postales corresponde proceder a la revocación de la autorización para la prestación de servicios postales otorgada por Resolución de URSEC N° 125/14 de fecha 30 de mayo de 2014, a PRODEC S.R.L. con el número OPE083, al 9 de junio de 2017.
ATENTO: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y siguientes de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 con la redacción dada por la Ley Nº 19.889 de fecha 9 de julio de 2020, la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012, Resolución de URSEC Nº 010/13 de 31 de enero de 2013 y su modificativa N° 264/14 de 6 de noviembre de 2014 y la Nº 071/018 de 4 de mayo de 2018, a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora
LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:
1°. Revocar la licencia postal otorgada a PRODEC S.R.L. nombre de fantasía PRODEC para actuar como operador postal Nº OPE083 en el ámbito nacional al 9 de junio de 2017 por no haber procedido a la renovación de la licencia postal, ni abonado el costo anual correspondiente establecido en art. 28 de la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y en art. 8 de la Resolución de URSEC número 071/018 de 4 de mayo de 2018.
2°. Por Secretaría General remítase oficio a la Dirección General Impositiva y al Banco de Previsión Social comunicando que PRODEC S.R.L. (RUT 215905200013) no presta actividad postal por haberse revocado la licencia de que era titular, por lo que debería darse de baja al giro de actividad: Correo.
3°. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Notificaciones, Gerencia de Servicios Postales -Unidad Registro de Prestadores Postales-, Unidad Facturación y Unidad Inspecciones para ser incluido en el plan de inspecciones postales. Cumplido, archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria Genera