Resolución N° 71/023 - Precalificados a la a la Instancia Final del Procedimiento Competitivo (IFP) para la subasta 5G

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Expediente: N° 2022-8-10-0000083

Resolución: N° 071/2023

Acta: N° 15/2023

Montevideo, 27 de abril de 2023

Visto: El Pliego de Bases y Condiciones para la Asignación del uso de frecuencias del espectro radioeléctrico para la asignación del uso de frecuencias radioeléctricas en la banda de 3.5GHz., en los segmentos 3300 a 3400 MHz y 3600 a 3800 MHz, a los efectos de la prestación de servicios de telecomunicaciones móviles internacionales (IMT), aprobado por el Decreto N° 112/023 de 30 de marzo de 2023.

Resultando: I. Que por Decreto N° 425/022 de 27 de diciembre de 2022, el Poder Ejecutivo confirió la autorización genérica para la asignación por procedimiento competitivo del uso de frecuencias radioeléctricas en la banda de 3.5GHz. en los segmentos 3300 a 3400 MHz y 3600 a 3800 MHz, a los efectos de la prestación de servicios de telecomunicaciones móviles internacionales (IMT). II. Que por Decreto N° 112/023 de 30 de marzo de 2023 el Poder Ejecutivo aprobó el Pliego de Bases y Condiciones que regirá el Procedimiento Competitivo para la asignación del uso de frecuencias radioeléctricas en la banda de 3.5GHz. en los segmentos 3300 a 3400 MHz y 3600 a 3800 MHz, a los efectos de la prestación de servicios de telecomunicaciones móviles internacionales (IMT).

Considerando: I. Que la Comisión Asesora designada por Resolución de esta Unidad Reguladora N° 54/2023 de 5 de abril de 2023, manifiesta en su informe que se presentaron las empresas TELEFÓNICA MÓVILES DEL URUGUAY S.A. y AM WIRELESS URUGUAY S.A. quienes cumplen con los requisitos formales para precalificar. II. Que de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 6 y 31 del Pliego de Bases y Condiciones relacionado, corresponde notificar a los interesados precalificados y proceder a las publicaciones en el Diario Oficial, en 2 (dos) periódicos de circulación nacional y en la página web institucional de URSEC.

Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por la Ley N° 17.296, de 21 febrero de 2001, en la redacción dada por la Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020, los Decretos N° 114/003 y N° 115/003, de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes, el Decreto N° 134/021 de 4 de mayo de 2021, el Decreto N° 425/022 de 27 de diciembre de 2022 y el Decreto N° 112/023 de 30 de marzo de 2023.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

1°. Convalídese lo actuado por la que la Comisión Asesora designada por Resolución de esta Unidad Reguladora N° 54/2023 de 5 de abril de 2023.

.Declárase que las empresas TELEFÓNICA MÓVILES DEL URUGUAY S.A. y AM WIRELESS URUGUAY S.A. han precalificado a la Instancia Final del Procedimiento Competitivo (IFP) para la asignación de derechos de uso de frecuencias radioeléctricas aprobado por el Decreto N° 112/023 de 30 de marzo de 2023.

3°. Pase a Secretaría General, publíquese el resultado de ésta precalificación en el Diario Oficial, en 2 (dos) periódicos de circulación nacional y en la Página Web Institucional de URSEC. Notifíquese a los precalificados.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dra. Florencia Fitipaldo, Secretaria General

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