Resolución N° 73/025 - Presentación de información (Dejada sin efecto por Resolución 80/2025)

Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2022-71-1-0000823 

Resolución: N° 73/2025 

Acta: N° 7/2025 

Montevideo, 27 de febrero de 2025. 

Visto:

la necesidad de disponer información a nivel departamental sobre los indicadores de cantidad de servicios móviles, de servicios de banda ancha fija y de volumen de tráfico de datos. 

Resultando: 

1 Que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 343/05 de fecha 24 de noviembre de 2005 se aprobó la Base de Datos para uso regulatorio y se dispuso requerir a los operadores de telecomunicaciones y postales la información necesaria establecida en la misma. 

2 Que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 717/09 se dispuso requerir a los operadores de servicios de telecomunicaciones y postales en carácter de declaración jurada la información mensual detallada a partir del mes de enero del 2010 en el Sistema Galería, mediante ingreso de clave y conexión segura. 

3 Que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 427/10 se aprobaron modificaciones a la Base de Datos para uso regulatorio y se establecieron la periodicidad y el plazo para la presentación de la información. 

Considerando:

1 Que la Base de Datos de uso regulatorio dispone de información estadística a nivel nacional para ciertos indicadores y a nivel departamental para otros. 

2 Que a los efectos de cumplir con los cometidos de esta Unidad Reguladora es necesario de disponer de indicadores a nivel departamental para el caso ciertos indicadores de los cuales se dispone información a nivel nacional. 

3 Que la información de indicadores de telecomunicaciones a nivel departamental permite disponer de información más detallada sobre el acceso de la ciudadanía a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), con la apertura propuesta.

Atento:

a lo expuesto precedentemente, a lo establecido por la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, la Ley N° 18.159 de 20 de julio de 2007, Ley N° 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y el Decreto N° 115/003 de 25 de marzo de 2003.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

1 Establecer la obligación a los operadores de telecomunicaciones a la presentación de información a nivel departamental sobre los indicadores de cantidad de servicios móviles, de cantidad de servicios de banda ancha fija, volumen de volumen de tráfico de datos de banda ancha fija y volumen de tráfico de banda ancha móvil, de acuerdo al Anexo A. 

2 Establecer que la información solicitada en el numeral 1° sea presentada por los operadores en el sistema Galería a partir de julio de 2023. 

3 Establecer que los plazos y periodicidad para presentar la información solicitada en el numeral 1° de la presente serán los dispuestos por Resoluciones 717/09 y 427/10. 

4 Notifíquese a los operadores de telecomunicaciones móviles y a los operadores de servicios de trasmisión de datos e Internet de la presente Resolución. 

5 Pase a Secretaría General, cumplido, archívese. 

Firmado por: Ing. Silvana Olivera, Presidenta

 Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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